36 VI. CONCLUSIONES 144. La Comisión, con base en las consideraciones de hecho y de derecho arriba presentadas, concluye que la República de Ecuador es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, garantías y protección judiciales y vida, consagrados en los artículos 5, 8 y 25 en relación al artículo 4 de la Convención Americana, tonos ellos en conexión con incumplimiento de los artículos 1(1) y 2, del mencionado instrumento, en perjuicio de: Lidia Bravo Bravo, Luis Palma Bravo, Nelson Palma Mendoza, Rosalía Palma Bravo, Perfelita Mendoza Aguayo, Carlos Palma, Víctor Palma y Pablo Palma Pico.

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