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VI.
CONCLUSIONES
144. La Comisión, con base en las consideraciones de hecho y de derecho arriba
presentadas, concluye que la República de Ecuador es responsable por la violación de los derechos a
la integridad personal, garantías y protección judiciales y vida, consagrados en los artículos 5, 8 y
25 en relación al artículo 4 de la Convención Americana, tonos ellos en conexión con
incumplimiento de los artículos 1(1) y 2, del mencionado instrumento, en perjuicio de: Lidia Bravo
Bravo, Luis Palma Bravo, Nelson Palma Mendoza, Rosalía Palma Bravo, Perfelita Mendoza Aguayo,
Carlos Palma, Víctor Palma y Pablo Palma Pico.