27 Coronel P.N.P. Enrique Castillo León, director del E.P. Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos; informe No. 02-97-EPMSMCH- Serv.Ps. dirigido al coronel P.N.P. Enrique Castillo León; tarjeta de constancias de la fecha en que fue atendida María Elena Loayza Tamayo en el Hospital Nacional General “Arzobispo Loayza”; informe Médico del Hospital Nacional General “Arzobispo Loayza”, de 5 de enero de 1998, sobre la Historia Clínica de María Elena Loayza Tamayo, anexo X; recetas médicas y facturas de medicinas compradas para María Elena Loayza Tamayo de 1996 a 1997, anexo XIX; y declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos); j) su reclusión le provocó severos trastornos de salud física y psíquica, algunos de los cuales podrían aliviarse con terapia prolongada, mientras que otros podrían ser irreversibles (Cfr. dictamen médico emitido por el Dr. Roberto von Bennewitz Gotschlich en octubre de 1998; Dictamen médico emitido por el Dr. Martín Cordero Allary el 7 de octubre de 1998; informe preliminar sobre la situación de la señora María Elena Loayza Tamayo, elaborado por la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas; evaluación médico-psiquiatra de María Elena Loayza Tamayo, elaborada por la doctora Shirley Lilliana Llerena Mora de 24 de enero de 1998 y declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos); k) fue liberada el 16 de octubre de 1997 (Cfr. información del Estado de 20 de octubre de 1997; y declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos); l) hizo varias solicitudes de reincorporación en sus antiguos trabajos: en el Colegio José Gabriel Condorcanqui, solicitó su reincorporación al cargo el 27 de octubre de 1997; se ordenó su reincorporación en otro centro educativo a partir del 1 de marzo de 1998. Solicitó su reincorporación a la Escuela Nacional de Arte Dramático el 27 de noviembre de 1997 y a la Universidad de San Martín de Porres el 26 y 27 de noviembre y 3 de diciembre de 1997. No se tiene conocimiento del resultado de estas últimas gestiones (Cfr. solicitud de reincorporación al Centro Educativo “José Gabriel Condorcanqui”, de 27 de octubre de 1997, dirigida al director de la Unidad de Servicios Educativos 02 Rímac; oficio No. 314-97/DCN”JGC” de 10 de noviembre de 1997, de Aquiles L. Reynoso Lázaro, CH “José Condorcanqui”, dirigido a Francisco Javier Herrera Tuesta, director del programa sectorial II de la USE. 02; solicitud de María Elena Loayza Tamayo, de 21 de noviembre de 1997, dirigida al director de la Unidad de Servicios Educativos USE 02Rímac, y Resolución Directorial No. 2273 de la Unidad de Servicios Educativos No. 02 Rímac-Independencia -San Martín de Porres, de 17 de diciembre de 1997, anexo XXVI; solicitud de reincorporación en la plana docente de la Escuela de Arte Dramático, de 27 de noviembre de 1997; solicitud de reincorporación en la plana docente de la Universidad de San Martín de Porres, de 3 de diciembre de 1997 y solicitud de reincorporación en la plana docente en la Facultad de Administración de la Universidad de San Martín de Porres, de 26 de noviembre de 1997, anexo IX; declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos); y m) reside actualmente en la ciudad de Santiago de Chile, no labora y recibe tratamiento médico financiado por “FASIC” (Cfr. declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana; evaluación médico psiquiatra elaborado por la doctora Shirley Lilliana Llerena Mora, de 24 de enero de 1998; informe preliminar sobre la situación de la señora María Elena Loayza Tamayo, elaborado por la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas y

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