LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DECIDE: 1. Declarar admisible el presente caso en cuanto se refiere a presuntas violaciones de los derechos protegidos en los artículos 8, 25, y 1.1 de la Convención Americana. 2. Notificar esta decisión a las partes. 3. Continuar con el análisis de fondo de la cuestión, y 4. Publicar esta decisión e incluirla en su informe Anual a la Asamblea General de la OEA. Dado y firmado en la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la ciudad de Washington, D.C., a los 26 días del mes de octubre de 2006. (Firmado): Evelio Fernández Arévalos, Presidente; Paulo Sérgio Pinheiro, Primer Vicepresidente; Florentín Meléndez, Segundo Vicepresidente; Freddy Gutiérrez, Paolo Carozza y Víctor Abramovich, miembros de la Comisión. 15

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