23
condición de “reo ausente” y no se había establecido fecha para el inicio del juicio oral dado que el
119
acusado no se había puesto a disposición de la Sala Penal Nacional .
113.
Posteriormente, entre los años 2007 y 2008, los peticionarios solicitaron al Presidente de
la Sala Penal Nacional en 3 oportunidades que se actualizara la orden de captura contra el procesado
Antonio Mauricio Evangelista Pinedo y adicionalmente se oficiara: 1) a la Oficina de Requisitorias de la
Policía Nacional para su inmediata ubicación, captura y puesta a disposición de la autoridad judicial; 2) a
la Dirección de Migraciones del Ministerio del Interior y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a
fin de que informaran si el procesado presentaba movimiento migratorio reciente, así como si había
sufragado en las últimas elecciones respectivamente; y 3) a la Policía Judicial a fin de que presentara un
informe sobre las acciones realizadas para capturar al procesado Antonio Mauricio Evangelista
120
Pinedo .
114.
El 12 de julio de 2007, la División de Migraciones del Ministerio del Interior informó a la
121
Sala Penal Nacional que el procesado no registraba movimiento migratorio . Asimismo, el 16 de julio
de 2007, la Oficina Nacional de Procesos Electorales informó a la Sala Penal Nacional que Antonio
Evangelista Pinedo sufragó en primera vuelta de las elecciones generales de 2006, así como en las
122
elecciones regionales y municipales del mismo año .
115.
El 27 de junio de 2008, la Sala Penal Nacional fijó el 21 de julio de 2008, como fecha
para el inicio de juicio oral, ya que la Secretaría de Mesa de Partes le había informado que el imputado
123
se encontraba recluido en el Establecimiento Penal de Lurigancho .
Condena del Sgto. 2º Evangelista Pinedo
116.
Dado que el imputado admitió los hechos contenidos en la acusación fiscal de 14 de julio
de 2006, declarándose responsable del delito que se le imputaba y responsable de la reparación civil
para obtener la atenuación punitiva, el 23 de julio de 2008, la Sala Penal Nacional emitió sentencia
condenando a Antonio Mauricio Evangelista Pinedo como autor de los delitos contra la vida, el cuerpo y
la salud – homicidio simple- en agravio de Zulema Tarazona Arrieta y Norma Teresa Pérez Chávez, y del
delito de lesiones graves en agravio de Luis Alberto Bejarano Laura, a 6 años de pena privativa de
libertad, con descuento de la privación de libertad que sufrió del 13 de septiembre de 1994 hasta el 29 de
124
agosto de 1995, por mandato del Tercer Juzgado Militar Permanente, y desde el 19 de junio de 2008 .
117.
El Tribunal consideró que el comportamiento del acusado “se trató más bien de un uso
desproporcionado de la fuerza por parte de un efectivo del Ejército, sobre el cual su institución no realizó
un control efectivo, tal como lo reconoce el propio Jefe de la Patrulla, que si bien configura los tipos
119
Anexo 75. Sala Penal Nacional, Resolución Nº 483, Exp. Nº 13-06, firmado por July Camargo Mondragón, Secretaria
de Mesa de Partes. Anexo al escrito de los peticionarios de fecha 27 de julio de 2011.
120
Ver Anexo 76. Escrito sin fecha de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de
la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011; Anexo 77. Escrito de la
Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006,
recibida el 19 de noviembre de 2007. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011; Anexo 78. Escrito de la
Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006,
recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.
121
Anexo 78. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal
Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.
122
Anexo 78. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal
Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.
123
Anexo 79. Sala Penal Nacional, Exp. Nº 13-06, Escrito de 27 de junio de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de
27 de julio de 2011.
124
Anexo 1. Sentencia de 23 de julio de 2008, Sala Penal Nacional, Expe. Nº 13-06, Caso: Antonio Evangelista Pinedo.
Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.