- 40 - 108. El 5 de mayo de 2006, se constituyó en el CEPRESO personal de la CNDH con personal médico para practicarle un examen ginecológico a Claudia Hernández Martínez y Bárbara Italia Méndez Moreno. En ambos casos se indicó que no se encontraban “laceraciones ni daño alguno” y se procedió a tomar la muestra para el estudio seminológico. Ese mismo día, la Procuraduría General de Justicia del estado de México emitió un certificado médico respecto del examen realizado a Bárbara Italia Méndez Moreno, se tomaron muestras respecto de las cuales al día siguiente se practicó un peritaje de química forense y se concluyó que había presencia de semen119. Respecto de Claudia Hernández Martínez, la PGR realizó el peritaje médico forense el 14 de junio de 2006 y concluyó que el origen de los signos encontrados podía ser por contaminación y que “no presenta[ba] huellas externas de lesiones recientes” 120. Asimismo, el 12 de mayo de 2006 Ana María Velasco Rodríguez se entrevistó nuevamente con personal de la CNDH, a partir de lo cual se efectuó examen “químico-toxicológico” en sus prendas por parte de perito químico forense, con resultado “negativo para la identificación de fosfatasa ácida prostática en ambas prendas de vestir”. Se agregó como nota que “se indica que las prendas fueron lavadas previo al estudio”. 109. El 16 de mayo la CNDH se presentó en el CEPRESO y documentó que Bárbara Italia Méndez Moreno se encontraba en huelga de hambre desde hacía cinco días, sin contar con supervisión médica alguna por parte de las autoridades del CEPRESO. Asimismo, el 24 de mayo, personal de la CNDH se presentó en el CEPRESO y documentó que Norma Aidé Jiménez Osorio, Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez y Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo se encontraban en huelga de hambre desde el 6 de mayo como medio de protesta, entre otras razones, por la falta de atención médica en general y ginecológica en particular. Resaltaron que la CNDH había enviado una ginecóloga para revisar a Bárbara Italia Méndez y que también podría haberla revisado a ellas, pero nunca se les había comunicado de dicha posibilidad. 110. El 31 de mayo de 2006, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo fue trasladada al servicio de gineco-obstetricia del hospital Adolfo López Mateos en Toluca, donde “se determinó la imposibilidad de detectar si existió abuso sexual y/o violación, [por entre otras cosas] que […] la posible violencia sexual [había] ocurri[do] hace 22 días”. 111. Entre mayo y junio de 2006, la CNDH le aplicó el Protocolo de Estambul a siete de las once mujeres, concluyendo lo siguiente121: a. Yolanda Muñoz Diosdada: se encontraron signos característicos del trastorno de estrés postraumático, depresión y temor, y se remarcó que “se infiere que dichas lesiones fueron provocadas por terceras personas en forma intencional, en una actitud pasiva por parte de la agraviada y que por el tipo y localización de las lesiones estas son similares a las utilizadas en maniobras de tortura”. b. Ana María Velasco Rodríguez: se concluyó que padecía trastorno por estrés postraumático y se recomendó tratamiento psicoterapéutico. c. María Patricia Romero Hernández: se concluyó que los signos y síntomas eran característicos del trastorno por estrés postraumático, por lo que se recomendó tratamiento psicoterapéutico. Cfr. Auto de plazo constitucional del Juzgado Cuarto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, de 20 de julio de 2012 (expediente de prueba, folio 10683), y peritaje de química forense de 6 de mayo de 2006 practicado a Bárbara Italia Méndez Moreno (expediente de prueba, folio 8854). 119 Además, el 22 de junio de 2006 acudió a una consulta ginecológica en el Sanatorio Vista Alegre. Dentro del motivo de la consulta se indica que “refiere haber sido abusada y agredida por policías el 4 de mayo del presente año” e “indica tener síntomas de problemas vaginales, entre otros”. En esta oportunidad indicó que por estar menstruando – periodo que se prolongó por diez días – el médico se negó a hacer la revisión ginecológica, siendo canalizada con una médica legista que tampoco la exploró y le prescribió paracetamol. Dentro de los hallazgos se diagnostica vaginosis mixta, cuadro de colitis por estrés, desorden alimenticio, y cuadro de depresión. 120 El 1 de junio de 2006 se constituyó personal de la CNDH a fin de proporcionar acompañamiento psicológico a Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez y Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo en la revisión ginecológica. 121

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