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quienes le robaron sus pertenencias y lo dejaron tirado en la calle.52 Indicaron que posteriormente, el
señor Quispealaya se dirigió al “Cuartel 9 de Diciembre” de Huancayo donde estuvo en calidad de
depositado, y al conversar con sus ex compañeros de servicio pudo comprobar que habían cambiado su
versión bajo la amenaza del Sub oficial Hilaquita, y que incluso el Técnico Calderón había cambiado su
versión, negando los hechos. Denunciaron que el Sub oficial Hilaquita se contactó nuevamente con el
señor Quispealaya y lo amenazó para que cambiara su versión de los hechos, sugiriendo la posibilidad de
llegar a un arreglo con él.53
70.
El 25 de noviembre de 2002, la señora Victoria Vilcapoma Taquía presentó una solicitud
de garantías personales para ella y para su familia ante el Sub-Prefecto de la Provincia de Huancayo
(autoridad política de la jurisdicción) en contra de Sub oficial del Ejército Juan Hilaquita Quispe “porque
ronda mi casa y presumo que puede agredirnos, incluso hasta matar a mí y mi familia, ya que tengo
actualmente un juicio por tortura” que ocasionó a su hijo.54
71.
El 10 de diciembre de 2002, el señor Edson Huayra Arancibia presentó una queja ante la
Defensoría del Pueblo por intimidación y coacción en contra del soldado Juan Hilaquita Quispe, contra
quien había declarado ante el Juzgado Privativo Militar sobre los maltratos que les había venido
ocasionando durante su permanencia como recluta en el “Cuartel 9 de Diciembre” de Huancayo, así
como de las lesiones ocasionadas al Cabo Quispealaya.55
72.
El 4 de febrero de 2003, el señor Valdemir Quispealaya Vilcapoma denunció ante la
Defensoría del Pueblo que había recibido amenazas y coacción ese mismo día por parte de miembros
del Ejército peruano.56 Conforme a la denuncia, el mismo 4 de febrero de 2003 después de haber sido
entrevistado el señor Quispealaya por el Canal 5 “Panamericana Televisión” a las 7:15 A.M., en donde
denunció los actos de tortura ocasionados por parte del soldado Juan Hilaquita Quispe, y al llegar a la
puerta de su domicilio se encontró con miembros del Ejército peruano, quienes le increparon por haber
realizado la anterior denuncia a nivel nacional.57 En la denuncia, el señor Quispealaya indicó que aunque
había presentado una solicitud de garantías personales a la Prefectura de Huancayo en el mes de
noviembre de 2002, a la fecha no había obtenido ninguna respuesta.58
52
Anexo 2. Denuncia presentada por la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) por el delito contra la
humanidad-tortura física y psicológica ante el Ministerio Público, recepcionada por la Mesa de Partes de la Fiscalía de la Nación
el 28 de febrero de 2002. Anexo 15 del escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
53
Anexo 2. Denuncia presentada por la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) por el delito contra la
humanidad-tortura física y psicológica ante el Ministerio Público, recepcionada por la Mesa de Partes de la Fiscalía de la Nación
el 28 de febrero de 2002. Anexo 15 del escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
54
Anexo 13. Solicitud de garantías personales y/o posesorias de 25 de noviembre de 2002, Anexo 14 al escrito de los
peticionarios de 5 de febrero de 2006.
55
Anexo 4. Queja presentada ante el Arzobispado de Huancayo, Defensoría Arquidiocesana de la Familia, el Niño y el
Adolescente, firmada por Edson Huayra Arancibia el 10 de diciembre de 2002. Anexo 12 al escrito de los peticionarios de 5 de
febrero de 2006.
56
Anexo 16. Denuncia de 4 de febrero de 2003 por amenaza y coacción e intimidación por miembro del Ejército
peruano presentada ante la Defensoría del Pueblo, Arzobispado de Huancayo. Anexo 22 al escrito de los peticionarios de 5 de
febrero de 2006.
57
Anexo 16. Denuncia de 4 de febrero de 2003 por amenaza y coacción e intimidación por miembro del Ejército
peruano presentada ante la Defensoría del Pueblo, Arzobispado de Huancayo. Anexo 22 al escrito de los peticionarios de 5 de
febrero de 2006.
58
Anexo 16. Denuncia de 4 de febrero de 2003 por amenaza y coacción e intimidación por miembro del Ejército
peruano presentada ante la Defensoría del Pueblo, Arzobispado de Huancayo. Anexo 22 al escrito de los peticionarios de 5 de
febrero de 2006.