34 asambleas comunitarias. En la actualidad, para la elección de las autoridades comunales se debe consultar al Consejo Supremo Electoral, lo cual no ocurría antes. El Estado debería permitir a los pueblos indígenas seleccionar sus candidatos y elegir a sus representantes ante el Congreso. Para participar en la RAAS en las elecciones municipales de noviembre de 2000, YATAMA decidió conformar la alianza con el Partido Indígena Multiétnico y con el Partido de los Pueblos Costeños, porque son partidos creados para la defensa de los pueblos multiétnicos, y al tener ese propósito común podría lograr mejores resultados en la Costa Atlántica. No obstante, el Partido Indígena Multiétnico decidió separarse, tal vez como producto de la presión del Partido Liberal Constitucionalista. Cuando se publicó la lista preliminar de candidatos aparecían los candidatos de YATAMA para las elecciones de la RAAN, pero no para las de la RAAS. Se reclamó ante el Consejo Supremo Electoral, donde les indicaron que se trataba de una equivocación. Sin embargo, en la lista definitiva de candidatos no se incluyó a los candidatos de YATAMA de la RAAN ni de la RAAS, lo cual no tiene justificación alguna porque YATAMA cumplió todos los requisitos previstos en la Ley Electoral. En el 2000 había siete municipios en la RAAS y se requería que el partido presentara candidatos en el 80% de los municipios. YATAMA propuso candidatos en los siete municipios, es decir, superó el 80% exigido. A raíz de la exclusión de YATAMA de las elecciones de 2000 muchos candidatos no han podido regresar a sus comunidades por las deudas que tienen, contraídas con motivo del proceso electoral. Hubo que informar a las comunidades la razón por la que YATAMA no participaría en las elecciones de 2000 y explicarles cómo se iban a pagar los gastos generados. 4. Anicia Matamoros de Marly, propuesta como candidata a vicealcaldesa por YATAMA en el Municipio Puerto Cabezas de la RAAN para las elecciones municipales de 2000 La testigo pertenece al pueblo indígena miskito. Los candidatos son escogidos por las comunidades y se someten a una asamblea. Estas comunidades ven a YATAMA como una organización que encierra los sentimientos de los indígenas, a través de la cual pueden incidir en diferentes espacios. Sin YATAMA el pueblo no tiene voz. Las comunidades no aceptan que YATAMA sea un partido político. Esta caracterización deriva de una imposición del Estado. Al ser elegida como candidata tuvo que buscar un sustituto en el trabajo. Cuando se supo que YATAMA había sido excluida de las elecciones, la comunidad responsabilizó a sus líderes, pero luego se aclaró que no habían tenido nada que ver en esta situación. Muchos candidatos renunciaron a sus trabajos para dedicar su tiempo a visitar las comunidades, y después de la exclusión de YATAMA no pudieron reintegrarse a esos empleos. Al saber que su organización no participaría en las elecciones, la testigo se desmoralizó y pensó que a la exclusión social que ha sufrido su pueblo se sumaba una nueva discriminación. Además, llegó a imaginar que el motivo de la exclusión era su nombre o su falta de capacidad. Hubo que explicar a las comunidades los alcances de la situación y evitar que se acudiera a la violencia. Debido a que YATAMA no participó en las elecciones el pueblo se “sintió sin representatividad”, y esta circunstancia se reflejó en la abstención electoral:

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