202.
Respecto de estas personas los peticionarios manifestaron su preocupación por la falta de
implementación de las medidas provisionales a su favor, considerando que se encuentran en riesgo de ser
deportadas en tanto no se decida su petición de asilo260.
203.
A su vez, 6 familiares de Rocío Irene Alvarado Reyes se desplazaron a Benito Juárez261 .
204.
Finalmente, en el marco de las medidas provisionales, el Estado ha venido informando sobre
una serie de propuestas y medidas a favor de algunos miembros de la familia Alvarado, que incluyen apoyos
humanitarios y diversas formas de asistencia social en materia de salud, educación, proyectos productivos,
etc. La Comisión toma nota de esta información y considera que la misma puede ser evaluada oportunamente
al momento de evaluar las medidas adoptadas respecto de eventuales componentes de las reparaciones en el
presente caso, una vez determinado si el Estado es internacionalmente responsable.
V.
ANALISIS DE DERECHO
A.
Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la libertad personal, a la
integridad personal y a la vida (Artículos 3, 7, 5 y 4 de la Convención Americana) en
relación con la obligación de respetar y garantizar los derechos (artículo 1.1 del
mismo instrumento); y Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de
Personas (Artículo I a)
205.
Los artículos de la Convención Americana referidos en el título arriba establecen lo
siguiente:
Artículo 3. Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica
Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal
1.
2.
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.
Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones
fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados partes o por las leyes
dictadas conforme a ellas.
Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
Toda persona detenida o retenida debe ser informada de las razones de su detención y
notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella.
Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro
funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser
juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que
continúe el proceso.Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su
comparecencia en el juicio.
3.
4.
5.
[…]
Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal
1.
2.
260
Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la
dignidad inherente al ser humano.
Anexo IX. Escrito de los Peticionarios enviado dentro del trámite de MP 10-10 ante la Corte IDH el 5 de marzo de 2015.
Su madre Patricia Reyes Rueda, su hija A.M.U.A, sus hermanos A.A.R, R.A.A.R, y sus abuelos Manuel Reyes Lira y María de
Jesús Rueda Villanueva.
261
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