obtención de 155 pruebas testimoniales entre ellas 94 declaraciones rendidas por diversas autoridades, 18 testimoniales proporcionadas por familiares, vecinos, compañeros de trabajo y amistades de las víctimas. También explicó que se han recabado 206 pruebas documentales incluyendo informes y registros relacionados con las actuaciones del personal militar. A su vez, se han realizado 18 pruebas periciales encaminadas a la búsqueda de las personas desaparecidas obteniendo dictámenes en las distintas áreas de la ciencia forense con resultados negativos. 30. El Estado resaltó que dentro de las pruebas documentales se cuenta con reportes de las Fiscalías y Procuradurías de más de la mitad de las entidades federativas, en los cuales se confirma haber obtenido resultados negativos en la búsqueda de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes en sus registros de personas no identificadas o en las listas para la identificación de personas desaparecidas. Sumado a lo anterior el Estado informó que se han practicado 31 pruebas periciales y 10 inspecciones con el fin de determinar la ubicación de los posibles restos. 31. Refirió que durante los meses de agosto a octubre de 2014 se obtuvieron declaraciones testimoniales de diversos elementos del ejército mexicano así como una prueba de balística con la cual se logró identificar las probables marcas del arma de fuego utilizada en la zona de cuevas localizada en el ejido de Benito Juárez, Municipio de Buenaventura, Estado de Chihuahua. Indicó que dentro de dicho lapso también se realizaron 16 pruebas documentales y se programaron una serie de diligencias en el corto plazo para la búsqueda y localización de las víctimas. 32. El Estado argumentó que como parte de la averiguación previa radicada ante la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la PGR y como resultado de las diligencias e investigaciones llevadas a cabo, el 31 de marzo de 2014 la PGR consignó ante un Juez Federal la averiguación previa antes mencionada en contra de un elemento militar probablemente responsable de la desaparición de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes. Señaló que a pesar de que el juez federal ante quien se consignó negó la orden de aprehensión en contra del elemento militar, la PGR interpuso un recurso de apelación en contra de dicha resolución, el cual fue declarado sin lugar por el Cuarto Tribunal Unitario, confirmando la negativa de otorgar la orden de aprehensión en contra de la referida persona. 33. En este sentido el Estado informó que debido a que en la etapa procesal que guarda el proceso no es posible impugnar la resolución por medio del juicio de amparo ya que ello corresponde únicamente a la víctima, el 21 de agosto de 2014, la PGR notificó a la representante legal de los familiares la resolución del Cuarto Tribunal Unitario. Precisó que actualmente el juicio de amparo constituye un recurso efectivo que se encuentra disponible para las víctimas dentro de la jurisdicción interna. 34. El Estado informó también que el 12 de octubre de 2015 llamó a declarar al Supervisor Operativo de la Agencia Federal de Investigación en Ciudad Juárez en el momento de los hechos del caso, quien manifestó que no conoce a las presuntas víctimas debido a que en el momento que sucedieron los hechos se encontraba con licencia médica. 35. Con respecto a la búsqueda de las personas desaparecidas el Estado informó que ha realizado una serie de diligencias con el propósito de encontrar a las víctimas, las cuales han involucrado el uso de técnicas avanzadas en la materia. Indicó que la PGR ha coordinado con las instituciones de procuración de justicia de todas las entidades federativas, para contrastar perfiles genéticos de sus bases de datos, también se contrataron los servicios del Equipo Argentino de Antropología Forense y de peritos internacionales que forman parte del Proyecto de Asistencia a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua. 36. Al respecto, el Estado manifestó que en el marco de la investigación llevada a cabo por la FEVIMTRA el 9 de agosto de 2011 se llevó a cabo una diligencia de búsqueda en un tiro de mina en el Municipio de Buenaventura, Estado de Chihuahua, en la cual se logró recuperar diversos restos humanos que fueron trasladados para su análisis a la Ciudad de Chihuahua. Señaló que, sin embargo, los resultados concluyeron que ninguno de los restos correspondían a las tres personas desaparecidas, lo cual fue debidamente informado a sus familiares. 6

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