-67como jabón, papel higiénico, toallas sanitarias, ni ropa íntima para cambiarse, así como ropa de
abrigo. Permanecían encerradas 23 horas y media o 24 horas del día en una celda de dos metros
por dos metros, la cual compartían al menos dos personas. Dichas celdas no tenían acceso a luz
de ningún tipo, natural o artificial, por lo que permanecían en una oscuridad constante. Los
alimentos eran escasos. Eran objeto de constantes requisas, durante las cuales recibían golpes,
puntapiés, choques eléctricos, golpes en la planta de los pies con varillas, les arrojaban agua y
las amenazaban con matarlas. Asimismo, si se negaban a cantar el himno nacional eran
castigadas88.
197.52.
Los internos varones, que fueron reacomodados dentro del penal Castro Castro, así
como aquellos trasladados a Lurigancho o a Yanamayo, fueron objeto de maltratos físicos y
psicológicos similares a los descritos en el párrafo anterior89. Los internos varones reacomodados
en el penal Miguel Castro Castro, como forma de castigo, eran trasladados a la celda conocida
como “el hueco”90. Al momento de ser trasladados a las cárceles de Lurigancho y Yanamayo los
internos fueron insultados y golpeados incluso con varas en la espalda91.
197.53.
El penal de Yanamayo se encuentra en Puno, ubicado a más de 3.800 metros de
altura, por lo cual la temperatura desciende varios grados bajo cero. Los internos no contaban
con abrigo suficiente. Además, sólo podían recibir visitas de familiares directos, a través de
locutorios con doble malla, durante media hora al mes. Debido a la lejanía del penal los internos
recibían visitas solamente un par de veces al año92.
197.54.
Una vez concluido el “operativo”, e incluso después de que fueron trasladados a
hospitales u otros establecimientos penitenciarios, se impidió a los internos comunicarse con sus
familiares y abogados durante varios días y en algunos casos durante semanas o meses93.
197.55.
Los familiares de los internos recorrieron durante varios días hospitales y morgues
en busca de sus seres queridos. Trataron, sin éxito, de obtener información acerca de lo ocurrido
en el interior del penal, quiénes estaban vivos y quiénes muertos, a dónde los habían trasladado
y el estado de salud de sus familiares. No se les proporcionó ninguna ayuda para buscar e
88
Cfr. diversas declaraciones testimoniales escritas de las internas sobrevivientes (expediente de anexos a la
demanda, anexos entre el 82 y el 113, folios entre el 1231 y el 1495); y declaración testimonial rendida por Mónica Feria
Tinta en la audiencia celebrada el 14 de noviembre de 2001 ante la Comisión Interamericana.
89
Cfr. diversas declaraciones testimoniales escritas de los internos sobrevivientes (expediente de anexos a la
demanda, anexos entre el 114 y el 209 y entre el 218 y el 237, folios entre el 1505 y el 2401 y entre el 2467 y el 2606).
90
Cfr. declaraciones testimoniales escritas de Lorenzo Rodas Centeno, Guillermo Lázaro Rojas, Crisineo Neira
Torres, Fernando Medina Puma, Amado Yangua Loilla y Francisco Abad Telo Santos (expediente de anexos a la demanda,
anexo 133, folio 1764, anexo 134, folio 1773, anexo 139, folios 1805 y 1806, anexo 140, folio 1828 y 1829, anexo 178,
folio 2140 y anexo 192, folio 2260); y dictamen pericial escrito rendido por el perito José Quiroga (expediente sobre fondo
y eventuales reparaciones y costas, Tomo VII, folio 2149).
91
Cfr. diversas declaraciones testimoniales escritas de los internos sobrevivientes (expediente de anexos a la
demanda, anexos entre el 114 y el 209 y entre el 218 y el 237, folios entre el 1505 y el 2401 y entre el 2467 y el 2606).
92
Cfr. declaraciones testimoniales escritas de Carlos Manuel Torres Mendoza, Pascual Utia Lozano, Máximo Talledo
Astudillo, Isidoro Santiago Nunja García, José Ramírez Sánchez y Agustí Machuca Urbina (expediente de anexos a la
demanda, anexos 125, 130, 132, 196, 219 y 220, folios 1684, 1730, 1735, 1751, 2294, 2475 y 2492).
93
Cfr. diversas declaraciones testimoniales de los internos sobrevivientes (expediente de anexos a la demanda,
anexos entre el 82 y el 245, folios entre el 1230 y el 2716).