7 recomendó al Estado en relación con los 23 casos que conforman esta demanda que3: 1. Otorgue a las víctimas en los casos objeto de [dicho] Informe una reparación efectiva que incluya la conmutación de la pena y una indemnización; 2. Otorgue a los familiares de Joey Ramiah (Caso No. 12.129) una indemnización adecuada por las violaciones referidas, en [dicho Informe], en relación con el [señor] Ramiah; 3. Adopte las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para garantizar que la pena de muerte se imponga en cumplimiento de los derechos y libertades garantizados en la Convención, incluyendo, en particular, los artículos 4, 5 y 8; 4. Adopte las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para garantizar que el derecho consagrado en el artículo 4(6) de la Convención a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena tenga efecto en Trinidad y Tobago; 5. Adopte las medidas legislativas y de otra índole necesarias para garantizar que el derecho a un juicio dentro de un plazo razonable consagrado en los artículos 7(5) y 8(1) de la Convención, incluyendo recursos efectivos ante una corte o tribunal competente para obtener protección contra actos que violen esos derechos tenga efecto en Trinidad y Tobago; 6. Adopte las medidas legislativas y de otra índole necesarias para garantizar el derecho a ser oído, consagrado en el artículo 8(1) de la Convención y el derecho a la protección judicial consagrado en el artículo 25 de la misma tenga efecto en Trinidad y Tobago, en relación con el recurso a acciones constitucionales. 10. Por comunicación de fecha 22 de enero de 2000 el Estado respondió a la solicitud de la Comisión de proporcionar información sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones. 11. El 22 de febrero de 2000 la Comisión Interamericana, de conformidad con el artículo 51 de la Convención Americana, decidió presentar el caso ante la Corte. IV MEDIDAS PROVISIONALES 12. El 22 de mayo de 1998, con anterioridad a la presentación de la demanda, la Comisión solicitó a la Corte la adopción de medidas provisionales para preservar la vida y la integridad física de Wenceslaus James y Anthony García, entre otros4. 12.112 (Phillip Chotalal), 12.129 (Joey Ramiah y Naresh Boodram), 12.137 (Nigel Mark), 12.140 (Wilberforce Bernard) y 12.141 (Steve Mungroo). 3 En los cuatro casos en que el Estado no envió información alguna (12.021, 12.043, 12.076 y 12.141), la Comisión aplicó el artículo 42 de su Reglamento para determinar la admisibilidad y el fondo de los casos presumiendo que los hechos denunciados por los peticionarios eran verdaderos, a menos que las pruebas presentadas en cada caso condujeran a una conclusión diferente. 4 Las demás personas indicadas por la Comisión en su solicitud no se encuentran incluidas en la demanda del presente caso.

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