7
recomendó al Estado en relación con los 23 casos que conforman esta demanda
que3:
1. Otorgue a las víctimas en los casos objeto de [dicho] Informe una
reparación efectiva que incluya la conmutación de la pena y una
indemnización;
2. Otorgue a los familiares de Joey Ramiah (Caso No. 12.129) una
indemnización adecuada por las violaciones referidas, en [dicho Informe], en
relación con el [señor] Ramiah;
3. Adopte las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para
garantizar que la pena de muerte se imponga en cumplimiento de los derechos
y libertades garantizados en la Convención, incluyendo, en particular, los
artículos 4, 5 y 8;
4. Adopte las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para
garantizar que el derecho consagrado en el artículo 4(6) de la Convención a
solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena tenga efecto en
Trinidad y Tobago;
5. Adopte las medidas legislativas y de otra índole necesarias para garantizar
que el derecho a un juicio dentro de un plazo razonable consagrado en los
artículos 7(5) y 8(1) de la Convención, incluyendo recursos efectivos ante una
corte o tribunal competente para obtener protección contra actos que violen
esos derechos tenga efecto en Trinidad y Tobago;
6. Adopte las medidas legislativas y de otra índole necesarias para garantizar
el derecho a ser oído, consagrado en el artículo 8(1) de la Convención y el
derecho a la protección judicial consagrado en el artículo 25 de la misma tenga
efecto en Trinidad y Tobago, en relación con el recurso a acciones
constitucionales.
10.
Por comunicación de fecha 22 de enero de 2000 el Estado respondió a la
solicitud de la Comisión de proporcionar información sobre las medidas adoptadas
para dar cumplimiento a las recomendaciones.
11.
El 22 de febrero de 2000 la Comisión Interamericana, de conformidad con el
artículo 51 de la Convención Americana, decidió presentar el caso ante la Corte.
IV
MEDIDAS PROVISIONALES
12.
El 22 de mayo de 1998, con anterioridad a la presentación de la demanda, la
Comisión solicitó a la Corte la adopción de medidas provisionales para preservar la
vida y la integridad física de Wenceslaus James y Anthony García, entre otros4.
12.112 (Phillip Chotalal), 12.129 (Joey Ramiah y Naresh Boodram), 12.137 (Nigel Mark), 12.140
(Wilberforce Bernard) y 12.141 (Steve Mungroo).
3
En los cuatro casos en que el Estado no envió información alguna (12.021, 12.043, 12.076 y
12.141), la Comisión aplicó el artículo 42 de su Reglamento para determinar la admisibilidad y el fondo
de los casos presumiendo que los hechos denunciados por los peticionarios eran verdaderos, a menos
que las pruebas presentadas en cada caso condujeran a una conclusión diferente.
4
Las demás personas indicadas por la Comisión en su solicitud no se encuentran incluidas en la
demanda del presente caso.