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EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
De conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4,
15.1, 26, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 50 a 58 y 60 del Reglamento del Tribunal y en
ejercicio de sus atribuciones con relación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la
Corte,
RESUELVE:
1.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el
principio de economía procesal y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del
Reglamento de la Corte, que el perito propuesto por la Comisión Interamericana preste su
declaración pericial ante fedatario público (affidavit):
A) Perito propuesto por la Comisión
Daniel Lovatón, quien declarará sobre los estándares internacionales sobre las
garantías de debido proceso y el derecho a la libertad personal en los procesos
desarrollados en la jurisdicción militar respecto de militares en servicios activos
acusados de cometer delitos de función.
2.
Requerir al Estado y a los representantes que, de considerarlo pertinente, en lo que
les corresponda y de conformidad con los párrafos considerativos 8 y 9 de la presente
Resolución, y en el plazo improrrogable que vence el 22 de abril de 2014, que presenten las
preguntas que estimen pertinentes formular a través de la Corte Interamericana al perito
referido en el punto resolutivo primero. Su peritaje deberá ser presentado a la Corte a más
tardar el 12 de mayo de 2014.
3.
Requerir a la Comisión Interamericana que coordine y realice las diligencias
necesarias para que, una vez recibidas las preguntas, si las hubiere, el perito propuesto
incluya las respuestas respectivas en su peritaje rendido ante fedatario público.
4.
Disponer que, una vez recibido el peritaje requerido en el punto resolutivo primero,
la Secretaría de la Corte lo transmita a los representantes y al Estado para que, si lo
estiman necesario y en lo que les corresponda, presenten sus observaciones a dicho peritaje
en sus alegatos finales.
5.
Convocar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana a una
audiencia pública que se celebrará durante el 103º Periodo Ordinario de Sesiones de la
Corte, que se realizará en la ciudad de San José, Costa Rica, el 27 de mayo de 2014 a partir
de las 15:00 horas y hasta las 19:00 horas, para recibir sus alegatos finales orales y
observaciones orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales
fondo, reparaciones y costas, así como para recibir los dictámenes periciales de las
siguientes personas:
A) Perito propuesto por los defensores interamericanos
Marcelo Solimini, quien declarará sobre los estándares en materia de competencia
para juzgar a militares por delitos previstos en el Código Penal Argentino, derecho a
la defensa letrada, incomunicación, prohibición de declarar contra sí mismo,
detención y posición preventiva y, compatibilidad de la legislación argentina, en
materia de extensión temporal de la prisión preventiva y del proceso, con el Sistema
Interamericano.