participación en el atentado172 En el transcurso de la investigación fue conocido que dicho imputado tuvo una serie de reuniones informales con diversas autoridades y que recibió una suma de dinero por parte del SIDE con el objetivo de emitir una declaración que involucró a algunos policías en los hechos. A continuación, se describen los hechos relevantes en relación con estos aspectos y, la Comisión realizará sus consideraciones respectivas. - Respecto de las reuniones informales entre autoridades y el imputado Carlos Telleldín 190. El TOF 3 en su sentencia de octubre de 2004 tuvo por acreditado que, a principios de 1995, una persona llamada Héctor Pedro Vergéz, por entonces oficial en situación de retiro del Ejército Argentino, se presentó ante los estrados del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 9 y solicitó mantener una entrevista privada con el Sr. Telleldin. El juez Galeano accedió al pedido y, en consecuencia, dos reuniones tuvieron lugar en las oficinas del juzgado los días 20 de enero y 2 de febrero de 1995. Vergéz concurrió a esos encuentros acompañado de un agente de la SIDE llamado Daniel Ricardo Romero, quien se encargó de registrar en video las conversaciones. Hacia fines de febrero, Vergéz y Romero concurrieron en otras dos oportunidades a la unidad penitenciaria donde Telleldin estaba detenido173. 191. En su declaración en el juicio oral sustanciado por el TOF 3 Vergéz aseguró que “el Dr. Galeano tenía pleno conocimiento de las entrevistas que mantuvo con Telleldin y de la investigación que realizaba junto con Daniel Romero”174. Romero, por su parte, sostuvo que entregó una copia de las grabaciones al juzgado y otra copia a agentes de la SIDE pertenecientes a una oficina denominada “Sala Patria”175. 192. Las entrevistas de Vergéz, Romero y Telleldin significaron, a juicio del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 “la primera maniobra tendiente a obtener información de boca del detenido Telleldin al margen de la normativa procesal”176. En efecto, el TOF 3 tuvo por acreditado que en los encuentros entre Vergéz, Romero y Telleldin, este último mencionó que, en los meses previos a su detención, había sido víctima de extorsiones por parte de efectivos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, quienes le exigían dinero y automóviles para permitirle continuar con su actividad de compraventa de vehículos robados 177. 193. De acuerdo con lo probado por los tribunales orales 3 y 2 en sus sentencias de octubre de 2004 y mayo de 2019, respectivamente, Vergéz y Romero no fueron los únicos individuos que se reunieron personalmente con Telleldin en los meses en lo que era el único detenido en la causa por el atentado. Telleldin también recibió en prisión la visita de la entonces presidenta de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Luisa Riva Aramayo. Los resultados de las entrevistas entre Riva Aramayo y Telleldin fueron registradas por el juez Galeano en constancias incorporadas al expediente178. 194. La jueza Riva Aramayo concurrió a la prisión donde estaba detenido Telleldin en diversas ocasiones entre los meses de agosto y octubre de 1995179. En algunas de esas oportunidades la Sra. Riva Aramayo se trasladó a la cárcel en un automóvil conducido por el chofer personal del entonces Secretario de Inteligencia de la Nación, Hugo Ver infra parr 61 y 62 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.C. Págs. 2995 a 3023. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 174 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.C. Pág. 3004. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 175 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.C. Págs. 3008 y 3009. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 176 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.C. Pág. 3002. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 177 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.C. Pág. 3014. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019; Anexo 12. Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2. Pág. 583. Anexo 2 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 178 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.E. Pág. 3036 a 3046. Anexo 2 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 179 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.E. Págs. 3038 a 3046. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019; 172 173 37

Seleccionar párrafo de destino3