LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
DECIDE:
1. Declarar admisible la petición bajo estudio, con relación a los artículos 5, 7, 8 y 25 de la
Convención Americana en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento.
2. Notificar esta decisión al Estado venezolano y al peticionario.
3. Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión.
4. Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual, a ser presentado a la Asamblea
General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2009.
(Firmado): Víctor E. Abramovich, Primer Vicepresidente; Felipe González, Segundo
Vicepresidente; Sir Clare K. Roberts, Paulo Sérgio Pinheiro, Florentín Meléndez y Paolo G.
Carozza
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