actividades de capacitación, en sus diversas modalidades, desarrolladas con posterioridad al Fallo, dirigidas al personal vinculado a la atención de la salud mental en instituciones de la misma naturaleza de la Casa de Reposo Guararapes, y cuyo contenido verse sobre ‘los principios que deben regir el trato de las personas que padecen discapacidades mentales, conforme a los estándares internacionales en la materia y aquellos establecidos en la […] Sentencia´, y ii) el número de participantes de dichas actividades”. El Tribunal recordó que “en este caso la víctima falleció en la Casa de Reposo Guararapes, una institución hospitalaria del sistema público de salud”, por lo que resultaba “imprescindible que la reparación referente a la capacitación del personal vinculado a la atención de salud mental incluya al personal de las instituciones de la misma naturaleza de aquella en la cual ocurrió la violación en este caso, es decir, en los hospitales psiquiátricos”. 4. En la Resolución de enero de 2021, tomando en cuenta la información escrita que había sido presentada por las partes con posterioridad a la Resolución de 2010, la Corte consideró pertinente convocar una audiencia pública de supervisión de cumplimiento de dicha medida de reparación para recibir información actualizada y detallada. El Tribunal también solicitó al Consejo Nacional de Justicia del Brasil que, con base en el artículo 69.2 del Reglamento del Tribunal, rindiera un informe oral en la referida audiencia pública, en el cual presentara información que estimara relevante, en el ámbito de sus competencias, relativa al cumplimiento de la medida de reparación. B. Audiencia pública del 23 de abril de 2021 5. En la audiencia pública que se llevó a cabo el 23 de abril de 2021, así como en los informes presentados durante la etapa de supervisión, Brasil refirió que había iniciado una “política de reestructuración de la asistencia psiquiátrica” orientada a la “reducción de camas y […] cierre de hospitales psiquiátricos, acompañado de la creación de una red de atención psicosocial de base comunitaria”, refiriéndose también a varios programas, convenios, y capacitaciones realizados en dicho marco. En la audiencia, Brasil también se refirió específicamente a que implementará el “Programa Permanente Damião Ximenes Lopes” (infra Considerando 6). Sin embargo, los representantes hicieron notar que los hospitales psiquiátricos siguen funcionando en Brasil y es allí donde se concentran las violaciones a derechos humanos, añadiendo que, actualmente, habría importantes retrocesos en la política de desinstitucionalización referida por el Estado. En este sentido, los representantes, la Comisión y el Consejo Nacional de Justicia, expusieron información sobre las alegadas problemáticas que afectarían el sistema de salud mental en Brasil e identificaron áreas en las cuales consideran que se podría trabajar 10. C. Consideraciones de la Corte 6. La Corte valora positivamente el compromiso adquirido por el Estado en la audiencia pública celebrada el 23 de abril de 2021 (supra Visto 3), en la cual refirió que, para dar cumplimiento al presente punto resolutivo, implementará durante el 2022 el “Programa Permanente Damião Ximenes Lopes”, el cual estará dirigido a personal de salud que trabaje en instituciones de la misma naturaleza que la Casa de Reposo Guararapes. En sus posteriores 10 Algunos de los aspectos mencionados durante dicha audiencia incluyen: internaciones prolongadas fuera de los casos previstos por la ley; uso de contención mecánica; terapias sin consentimiento; violencia contra las personas internadas; condiciones inadecuadas y equipos y condiciones de trabajo insuficientes, y deficiente fiscalización por parte del Estado (según lo referido por funcionarios del Mecanismo Nacional de Prevención y Combate contra la Tortura, acreditados por los representantes, la última inspección realizada por parte del Estado en hospitales psiquiátricos había sido en el año 2014). -3-

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