50.
La Comisión toma nota de que los hechos acaecidos en la finca Xamán durante los primeros
días de octubre de 1995 fueron registrados en el informe de la CEH, la cual lo calificó como la “Masacre de
Xamán” 40. La CEH tomó en cuenta declaraciones de miembros sobrevivientes de la comunidad, así como los
informes de la Misión Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (en adelante “MINUGUA”).
51.
La CIDH también toma nota de que durante el proceso ante sí el Estado reconoció los hechos
y explícitamente indicó que 11 personas murieron y otro grupo de personas fueron heridas debido a los
disparos de sus soldados. Los hallazgos de la CEH también coinciden con las declaraciones de sobrevivientes
de estos hechos tal como consta en el expediente ante la Comisión, así como las conclusiones de los procesos
penales como se indicará infra 41. Tomando en cuenta estos elementos, la CIDH pasará a transcribir algunos de
los extractos de la información recopilada por el CEH respecto de la “Masacre de Xamán”:
El 3 de octubre de 1995 una patrulla militar al mando de un subteniente del Ejército de
Guatemala e integrada por 26 soldados, incluido un menor de edad, salió del destacamento
de Rubelsanto, perteneciente a la zona militar 21, con sede en Cobán, Alta Verapaz. Con
anterioridad a su salida, la patrulla ya tenía previsto pasar por la entrada de la finca Xamán.
El 5 de octubre, en la mañana, algunos pobladores de la comunidad (…) que se dedicaban a la
“pica de hule”, advirtieron la presencia de los militares cuando éstos pasaban por la finca,
cerca de la escuela, a no más de diez metros de las primeras viviendas.
Varios habitantes que estaban preparando una galera en el centro de la comunidad, para
utilizarla durante las fiestas de aniversario [por el primer año de su comunidad], fueron
avisados de la presencia de la tropa. Se formó un grupo de diez vecinos, entre los que se
hallaban algunas mujeres, las autoridades de la comunidad y varios líderes de
organizaciones comunitarias; salieron al encuentro de la patrulla y solicitaron hablar con el
oficial al mando. El grupo requirió a los soldados el motivo por el cual se encontraban en el
lugar, en violación de los Acuerdos del 8 de Octubre.
El subteniente que comandaba la patrulla indicó que se dirigían a una comunidad cercana,
pero los pobladores manifestaron que el camino que estaban siguiendo los soldados no
conducía a dicho lugar. Mientras tanto, otros vecinos hacían referencias a las acciones
realizadas por el Ejército a principios de los años ochenta. Según algunos testigos los
soldados solicitaron participar en las festividades previstas para conmemorar el primer
aniversario de la comunidad y los propios pobladores les hicieron pasar. Otros indican que
se les exigió ingresar, para que explicasen su presencia en el lugar.
Al margen de la verdadera razón del ingreso, lo cierto es que el oficial al mando, después de
este primer encuentro, decidió llegar hasta el centro de la comunidad y así poder exponer los
motivos de la presencia militar. Durante el recorrido, el número de pobladores que rodeaba
a los militares aumentó de forma gradual y se hicieron más fuertes las agresiones verbales
dirigidas contra los soldados, así como las expresiones de descontento por su presencia.
Sobre la una y media de la tarde el subteniente dialogó con el alcalde auxiliar. Mientras esto
sucedía, los pobladores manifestaban con mayor vehemencia su descontento por la
presencia militar y, en un momento dado, solicitaron a los soldados que dejaran sus armas y
permanecieran en el lugar hasta que MINUGUA y el ACNUR verificaran la presunta violación
de los Acuerdos del 8 de Octubre.
Xamán.
40
Anexo 2. CEH, Guatemala: Memoria del Silencio, Tomo VI, Casos Ilustrativos, Anexo 1, Caso ilustrativo No. 3: Masacre de
41 Anexo 3. Declaraciones de Anastacio Maya Quiché, Rolando Hernández, Alfonso Hernández, Pascual Ruiz, Pedro Morales,
Luis Ordóñez, Lucas Chic, Ramiro Ramírez y René Hernández. Anexo a la petición inicial.
14