-4sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas, así como las declaraciones de las
siguientes personas:
A) Presuntas víctimas
(Solicitadas por los representantes)
1)
José Francisco Ruiz Gaekel, quien declarará sobre: (i) la destitución de las presuntas
víctimas; (ii) los recursos interpuestos frente a la destitución; (iii) la respuesta obtenida
por parte de las autoridades; y, (iv) las consecuencias que se habrían derivado para él
de la destitución.
2)
Rosalinda Cruz Sequeira 8, quien declarará sobre: (i) la destitución de las presuntas
víctimas; (ii) los recursos interpuestos frente a la destitución; (iii) la respuesta obtenida
por parte de las autoridades; y, (iv) las consecuencias que se habrían derivado para
ella de la destitución.
B) Perito
(Propuesto por los representantes)
1)
Nery Roberto Velásquez, Ex comisionado adjunto de derechos humanos, quien
declarará sobre (i) la normativa constitucional y legal sobre independencia judicial en
Honduras; (ii) la regulación constitucional y legal de los procesos de remoción de jueces
de Altas Cortes y los precedentes en la materia; (iii) el ejercicio de la competencia
constitucional del Congreso para aprobar o improbar la conducta administrativa del
Poder Judicial y, sus diferencias, en caso de que existieran, con los juicios políticos;
(iv) las medidas para fortalecer la independencia judicial en Honduras.
2.
El perito convocado a declarar durante la audiencia deberá presentar una versión
escrita de su peritaje, a más tardar el 30 de enero de 2023.
3.
Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le
otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presenten sus
declaraciones ante fedatario público (affidávit):
A) Presuntas víctimas
(Solicitadas por los representantes)
1) José Antonio Gutiérrez Navas, quien declarará sobre: (i) la destitución de las presuntas
víctimas; (ii) los recursos interpuestos frente a la destitución; (iii) la respuesta obtenida
por parte de las autoridades; y, (iv) las consecuencias que se habrían derivado para él
de la destitución.
2) Gustavo Enrique Bustillo Palma, quien declarará sobre sobre: (i) la destitución de las
presuntas víctimas; (ii) los recursos interpuestos frente a la destitución; (iii) la
En atención a la solicitud efectuada por los representantes, la declaración podrá rendirse mediante
videoconferencia si así lo requiere el estado de salud de la presunta víctima.
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