víctimas y que otras dos fallecieron65. Los nombres de esas personas se encuentran en el Anexo de Víctimas de la presente Resolución. 49. Debido a que después del año 2012 no se ha alegado que se encuentre pendiente reponer o indemnizar a alguna de las 83 víctimas en el proceso internacional en relación con los hechos de cese o despido analizados en las sentencias de amparo de 9 de abril de 1999, 23 de junio de 1999 y 20 de agosto de 1999, la Corte considera que el Estado ha dado cumplimiento parcial a las medidas ordenadas en los puntos resolutivos quinto y sexto de la Sentencia respecto de 77 víctimas y se encuentra pendiente que compruebe el cumplimiento de respecto de las dos víctimas que no se presentaron o faltaban por reponer. b. Sentencias relativas a despidos por faltas administrativas y participación en manifestaciones b.1 Sentencias del Tribunal Constitucional de 18 de noviembre de 1998, 21 de diciembre de 1998 y 9 de abril de 1999 50. Respecto de las 14 víctimas de estas tres sentencias, en un oficio de la Municipalidad de Lima de febrero de 2012, anexo al informe estatal de 19 de julio de 2012, se indicó que: a) entre el 25 de octubre y el 22 noviembre de 2010 dicha municipalidad expidió resoluciones administrativas que autorización la reposición de 12 de ellas; b) una víctima recibió una indemnización, y c) una víctima falleció 66. Los nombres de estas personas se encuentran en el Anexo a la presente Resolución. 51. Debido a que con posterioridad al 2012 no se ha alegado que se encuentre pendiente reponer o indemnizar a alguna de las 14 víctimas en el proceso internacional en relación con los hechos de cese o despido analizados en las sentencias de amparo de 18 de noviembre de 1998, 21 de diciembre de 1998 y 9 de abril de 1999, la Corte considera que el Estado ha dado cumplimiento parcial a las medidas ordenadas en los puntos resolutivos quinto y sexto de la Sentencia respecto de todas esas víctimas. c. Sentencias relativas a ceses o despidos por declaratoria ilegal de huelga c.1 Sentencias de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de 14 de julio de 1998, 16 de noviembre de 1998, 31 de marzo de 1999 y 22 de diciembre de 1999 52. Respecto de las 52 víctimas de estas cuatro sentencias, en un oficio de la Municipalidad de Lima de febrero de 2012, adjunto al informe de 19 de julio de 2012, figura que: a) entre el 17 de mayo de 2010 y el 4 de marzo de 2011 dicha municipalidad emitió resoluciones administrativas que autorizaron la reposición de 50 víctimas, y b) dos víctimas fallecieron 67. Los nombres de estas personas se encuentran en el Anexo a la presente Resolución. 53. Debido a que después del año 2012 no se ha alegado que se encuentre pendiente reponer o indemnizar a alguna de las 52 víctimas en el proceso internacional en relación con los hechos de cese o despido analizados en las sentencias de amparo de 14 de julio de 1998, 16 de noviembre de 1998, 31 de marzo de 1999 y 22 de diciembre de 1999, la Corte considera 65 66 67 Cfr. Oficio No. 96-2012-MML/PPM de 3 de febrero de 2012, anexo al informe de 19 de julio de 2012. Cfr. Oficio No. 96-2012-MML/PPM de 3 de febrero de 2012, anexo al informe de 19 de julio de 2012. Cfr. Oficio No. 96-2012-MML/PPM de 3 de febrero de 2012, anexo al informe de 19 de julio de 2012. -17-

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