-24que estimen pertinentes en el plazo que se fija en la presente Resolución. El valor
probatorio de esas declaraciones será determinado en su oportunidad por el Tribunal,
el cual tomará en cuenta los puntos de vista expresados por las partes en ejercicio
de su derecho a la defensa, si los hubiere.
110. Que los autos en el presente caso se encuentran listos para la apertura del
procedimiento oral en cuanto a la excepción preliminar y los eventuales fondo,
reparaciones y costas, por lo que es pertinente convocar tentativamente a una
audiencia privada para escuchar la declaración a título informativo de la señora
Patricia González Rodríguez, así como a una audiencia pública para escuchar los
testimonios de las señoras Josefina González Rodríguez, Irma Monreal Jaime y Benita
Monárrez, propuestas por la Comisión y los representantes, de la señora Silvia
Sepúlveda Ramírez y del señor Rodrigo Caballero Rodríguez, propuestos por el
Estado, y la declaración pericial de Rhonda Copelon, propuesta por la Comisión, así
como los alegatos finales orales de la Comisión, de los representantes y del Estado.
111. Que de acuerdo con la práctica del Tribunal, la Comisión, los representantes y
el Estado podrán presentar sus alegatos finales escritos en relación con la excepción
preliminar y los eventuales fondo, reparaciones y costas en este caso, con
posterioridad a la finalización de la audiencia pública convocada en la presente
Resolución.
POR TANTO:
LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
de conformidad con los artículos 19.1, 24.1, 25.2 del Estatuto de la Corte y con los
artículos 14.1, 21.3, 24, 29.2, 33, 36, 38, 40, 42, 43.3, 44, 45.2, 46, 47, 49, 50, 51
y 52 del Reglamento, y en consulta con los demás jueces de la Corte,
RESUELVE:
1.
Requerir, por las razones señaladas en la presente Resolución y en ejercicio
de la facultad que le otorga el artículo 47.3 del Reglamento, que las siguientes
personas, propuestas por las partes presenten sus testimonios y peritajes a través
de declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit):
Testigos
A) Propuestos por la Comisión:
1) Luis Alberto Bosio, quien declarará sobre “los reconocimientos médico
forenses y dictámenes médico óseos en antropología forense que practicó
en relación con varios de los restos encontrados en el denominado ‘Campo
Algodonero’ entre el 6 y 7 de noviembre de 2001; las conclusiones a las
que arribó; y la compatibilidad de los exámenes realizados con
anterioridad, respecto de los mismos restos, con los estándares
internacionales aplicables en la materia”.