17 de la puerta de acceso, y cajas de cartón conteniendo ropa, zapatos y los colchones, desarrollando una combustión incompleta por la mala ventilación que tenía el lugar, saturando el mismo de humo, gases y altas temperaturas13. o Dictamen rendido por personal técnico de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a cargo del Ingeniero Otto Vallecillo: CONCLUSIONES FINALES Se verificó que existían las condiciones paras que pudiera ocurrir una falla en el sistema eléctrico de la celda No. 19, ya que las instalaciones no estaban construidas correctamente, pero debido a que las protecciones de los tres centros de carga actuaron y el circuito que se encontró sin protección no provocó ningún disparo en el transformador de distribución por lo que se sugiere que se analicen las otras posibles causas del incendio. SUGERENCIAS 1. Hacer una reestructuración y mejora del sistema eléctrico del Centro Penal. 2. Proveer la logística necesaria de trabajo al personal encargado del mantenimiento del sistema eléctrico del Centro Penal. 3. Contratar personal capacitado para dar mantenimiento tanto preventivo y correctivo del Centro Penal de San Pedro Sula en coordinación con el personal que actualmente está a cargo del mantenimiento. 4. Tener un mejor control de los electrodomésticos actualmente instalados y prohibir el ingreso de más electrodomésticos. 5. Proveer de extintores y establecer rutas y métodos de evacuación de personal en casos de emergencia de acuerdo a las normas de seguridad. 6. Hacer una planificación a largo plazo en base a estadísticas del crecimiento poblacional del Centro Penal para poder proyectar demandas de energía a largo plazo14. o Dictamen rendido por el Ingeniero Electricista Industrial Luis Alberto González Aldana a solicitud del Ministerio Público: OPINIÓN TÉCNICA FINAL Después de las conclusiones descritas en la parte cuarta de este dictamen expresamos nuestra opinión final: 1. Debido a la sobrecarga térmica de aires acondicionados, cortina de aire y ventiladores. 2. Debido a la falta de seguridad de las instalaciones eléctricas en la celda No. 19. Se produjo recalentamiento en los aislamientos de los cables y otros aislantes, lo cual dio lugar a la presencia de arcos eléctricos que fueron alimentados primeramente por el oxígeno existente en le medio ambiente del arco y la existencia de materiales combustibles ya mencionados. Esto provocó que el fuego alimentado por la ropa, colchonetas y las partes plásticas de los electrodomésticos, así como por los componentes electrónicos de los equipos existentes diera lugar a pequeñas explosiones también. Entre los materiales que aumentaron el fuego estaban unos que son productores de humos tóxicos muy densos provocando con ello la intoxicación que sufrieron los reclusos, que quizás a esa hora de la madrugada se encontraban dormidos. 13 Petición inicial recibida el 14 de julio de 2005. Anexo 30. Exp. 1009/04. Folio 1813: Informe de Investigación de incendio, Cuerpo de Bomberos de Honduras. 14 Escrito de los peticionarios de observaciones sobre el fondo del 10 de abril de 2009. Anexo 20. CD con el Expediente Judicial del Proceso Interno y Testimonios. Exp. 1009/04. Tomo VII. Folios 1826, 1847-1848: Inspección del Sistema Eléctrico en la Celda No. 19 del Centro Penal de San Pedro Sula, realizada por personal técnico de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) con autorización de la fiscalía. Págs. 1, 22-23.

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