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de la puerta de acceso, y cajas de cartón conteniendo ropa, zapatos y los colchones,
desarrollando una combustión incompleta por la mala ventilación que tenía el lugar, saturando
el mismo de humo, gases y altas temperaturas13.
o
Dictamen rendido por personal técnico de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica
(ENEE) a cargo del Ingeniero Otto Vallecillo:
CONCLUSIONES FINALES
Se verificó que existían las condiciones paras que pudiera ocurrir una falla en el sistema
eléctrico de la celda No. 19, ya que las instalaciones no estaban construidas correctamente,
pero debido a que las protecciones de los tres centros de carga actuaron y el circuito que se
encontró sin protección no provocó ningún disparo en el transformador de distribución por lo
que se sugiere que se analicen las otras posibles causas del incendio.
SUGERENCIAS
1. Hacer una reestructuración y mejora del sistema eléctrico del Centro Penal.
2. Proveer la logística necesaria de trabajo al personal encargado del mantenimiento del
sistema eléctrico del Centro Penal.
3. Contratar personal capacitado para dar mantenimiento tanto preventivo y correctivo del
Centro Penal de San Pedro Sula en coordinación con el personal que actualmente está a cargo
del mantenimiento.
4. Tener un mejor control de los electrodomésticos actualmente instalados y prohibir el
ingreso de más electrodomésticos.
5. Proveer de extintores y establecer rutas y métodos de evacuación de personal en casos de
emergencia de acuerdo a las normas de seguridad.
6. Hacer una planificación a largo plazo en base a estadísticas del crecimiento poblacional del
Centro Penal para poder proyectar demandas de energía a largo plazo14.
o
Dictamen rendido por el Ingeniero Electricista Industrial Luis Alberto González Aldana
a solicitud del Ministerio Público:
OPINIÓN TÉCNICA FINAL
Después de las conclusiones descritas en la parte cuarta de este dictamen expresamos
nuestra opinión final:
1. Debido a la sobrecarga térmica de aires acondicionados, cortina de aire y ventiladores.
2. Debido a la falta de seguridad de las instalaciones eléctricas en la celda No. 19.
Se produjo recalentamiento en los aislamientos de los cables y otros aislantes, lo cual dio
lugar a la presencia de arcos eléctricos que fueron alimentados primeramente por el oxígeno
existente en le medio ambiente del arco y la existencia de materiales combustibles ya
mencionados.
Esto provocó que el fuego alimentado por la ropa, colchonetas y las partes plásticas de los
electrodomésticos, así como por los componentes electrónicos de los equipos existentes diera
lugar a pequeñas explosiones también.
Entre los materiales que aumentaron el fuego estaban unos que son productores de humos
tóxicos muy densos provocando con ello la intoxicación que sufrieron los reclusos, que quizás
a esa hora de la madrugada se encontraban dormidos.
13
Petición inicial recibida el 14 de julio de 2005. Anexo 30. Exp. 1009/04. Folio 1813: Informe de Investigación de
incendio, Cuerpo de Bomberos de Honduras.
14
Escrito de los peticionarios de observaciones sobre el fondo del 10 de abril de 2009. Anexo 20. CD con el
Expediente Judicial del Proceso Interno y Testimonios. Exp. 1009/04. Tomo VII. Folios 1826, 1847-1848: Inspección del
Sistema Eléctrico en la Celda No. 19 del Centro Penal de San Pedro Sula, realizada por personal técnico de la Empresa
Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) con autorización de la fiscalía. Págs. 1, 22-23.