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Artículo 8º. Déjese en suspenso los artículos de la Constitución Política y las normas
legales que se opongan al presente Decreto Ley13.
89.3 La situación de inestabilidad conllevó a que, como resultado de varios
factores, y en el marco de aplicación de la Resolución 1080 aprobada el 5 de junio
de 1991 por la Asamblea General de la OEA, se convocara a elecciones y se
conformara el llamado “Congreso Constituyente Democrático” (CCD) el cual, inter
alia, debía elaborar una nueva Constitución. Una de las primeras acciones de dicho
Congreso fue el dictar las denominadas “leyes constitucionales”. La primera de
ellas, aprobada el 6 de enero de 1993 y publicada tres días después, declaró la
vigencia de la Constitución de 1979, dejando a salvo los decretos leyes expedidos
por el Gobierno, mediante la declaración de vigencia de los mismos en tanto no
fueran revisados, modificados o derogados por el mismo Congreso14.
89.4 Durante la época en que ocurrieron los hechos del presente caso y en que las
presuntas víctimas plantearon los recursos administrativos y judiciales, se incluyó en
diversos decretos leyes una disposición que impedía la interposición de la acción de
amparo para cuestionar los efectos de los mismos, lo cual desnaturalizó al proceso
de amparo, pues se establecieron situaciones exentas del control jurisdiccional15.
89.5 El 31 de octubre de 1993 fue aprobada una nueva Constitución Política del
Perú, la cual fue promulgada por el llamado Congreso Constituyente Democrático el
29 de diciembre del mismo año16.
89.6 El señor Alberto Fujimori Fujimori fue reelecto como Presidente del Perú en
1995 y asumió nuevamente el cargo en julio de 2000. En noviembre de 2000
presentó su renuncia a la Presidencia de su país desde Japón, motivo por el cual el
Congreso designó como Presidente del gobierno de transición al señor Valentín
Paniagua Corazao, entonces presidente del Congreso, para que convocara a
elecciones17.
El cese de trabajadores del Congreso
89.7 El 16 de abril de 1992 el “Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional”
emitió el Decreto Ley No. 25438 mediante el cual constituyó la Comisión
Administradora del Patrimonio del Congreso de la República (en adelante “Comisión
Cfr. Decreto Ley No. 25418 de 6 de abril de 1992, publicado al día siguiente, mediante el cual se
emitió la Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional (expediente de anexos a la
demanda, tomo I, anexo 5, folio 480).
13
Cfr. Resolución de la Asamblea General de la OEA, AG/RES.1080 (XXI-0-91), aprobada el 5 de
junio de 1991; Informe de la Misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a Perú el 23 y
24 de abril de 1992, Anexo VII, y declaración jurada rendida por el perito Samuel Abad Yupanqui
(expediente de prueba, tomo 17, folio 4981).
14
Cfr. declaración jurada rendida por el perito Samuel Abad Yupanqui (expediente de prueba, tomo
17, folios 4983 y 4984).
15
16
Cfr. Constitución Política del Perú, publicada en el Diario Oficial el 30 de diciembre de 1993
(anexos a la demanda, anexo 4, tomo 6, folios 3467 a 3481).
17
Hecho público y notorio.
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