44. En virtud de las anteriores conclusiones, LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, RECOMIENDA AL ESTADO BOLIVIANO, 1. Reparar integralmente las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe tanto en el aspecto material como inmaterial. El Estado deberá adoptar las medidas de compensación económica y satisfacción. 2. Disponer las medidas de atención en salud necesarias para la rehabilitación de Brisa De Angulo Lozada, de ser su voluntad y de manera concertada. Si no es posible implementar las medidas en salud en favor de la víctima debido a su falta de permanencia en Bolivia, el Estado deberá disponer una suma de dinero adecuada para que ella pueda costearse su tratamiento. 3. Continuar la investigación y proceso penal de manera diligente, efectiva, con perspectiva de género y niñez y dentro de un plazo razonable con el objeto de esclarecer los hechos en forma completa, y determinar las posibles responsabilidades con sus correspondientes sanciones. En el marco de la continuidad de la investigación y proceso penal, el Estado deberá disponer todas las medidas a su alcance para subsanar y corregir las múltiples deficiencias, irregularidades y omisiones descritas en el presente informe, y abstenerse de invocar estereotipos inadecuados y discriminatorios como los identificados en las sentencias anuladas. Además, el Estado deberá iniciar de oficio una investigación sobre la actuación de los funcionarios tanto médicos como de otra índole, que cometieron directamente o contribuyeron a la materialización de las violaciones declaradas en el presente informe. 4. Disponer medidas de no repetición que incluyan la adopción de las medidas legislativas, administrativas y de otra índole, para asegurar la debida capacitación a los y las funcionarios y funcionarias que entran en contacto con denuncias de violencia sexual en perjuicio de niñas y adolescentes, su investigación y enjuiciamiento, a fin de que cuenten con el entrenamiento necesario para llevar a cabo sus funciones con perspectiva de género y niñez, así como de manera conforme a los estándares desarrollados en el presente informe de fondo. Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la ciudad de Washington D.C., USA, a los 28 días del mes de septiembre de 2019. (Firmado) Esmeralda E. Arosemena Bernal de Troitiño, Presidenta; Joel Hernández, Primer Vicepresidente, Antonia Urrejola, Segunda Vicepresidenta, Margarette May Macaulay, Francisco José Eguiguren y Flávia Piovesan, Miembros de la Comisión. El que suscribe, Paulo Abrao, Secretario Ejecutivo, de conformidad con el artículo 49 del Reglamentos de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH. Paulo Abrao Secretario Ejecutivo 23

Seleccionar párrafo de destino3