(JNE), cargo que ocupará hasta noviembre de 2024. El pleno del JNE está compuesto por 5 miembros elegidos por diversas instituciones3 y sus integrantes son electos por un periodo de 4 años. Actualmente, solo integran el JNE 4 miembros, pues el integrante del Colegio de Abogados de Lima no ha sido electo. De acuerdo con la ley del JNE, el quórum necesario para las sesiones del pleno es de 4 integrantes, y para adoptar decisiones se requiere el voto de la mayoría simple de los miembros concurrentes, salvo los casos en que la ley disponga lo contrario. En caso de empate, el propuesto beneficiario, como presidente del JNE, tiene voto dirimente. El JNE es la máxima autoridad jurisdiccional para resolver las controversias en materia electoral. Entre otras funciones del JNE está proclamar a los candidatos elegidos, el resultado del referéndum u otras consultas populares, así como expedir las credenciales correspondientes. 5. El 6 de junio de 2021, se desarrolló la segunda vuelta presidencial y se dio un ajustado resultado a favor del candidato Castillo. Desde que se conocieron los resultados preliminares oficiales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el partido de la candidata Fujimori que ha obtenido la menor cantidad de votos han expresado públicamente que habría habido fraude, presentando diversos recursos, manifestándose en contra diversas instituciones y funcionarios involucrados en el proceso electoral y llegando a hacer un llamado a desconocer los resultados oficiales. De acuerdo con los solicitantes, dicha situación ha generado preocupación por el desconocimiento de la institucionalidad y la jurisdicción electoral. Adicionalmente, según los solicitantes, la candidata Fujimori ha convocado a sus seguidores a la movilización en las calles por una “defensa del voto”. Dicha convocatoria habría desencadenado: campañas de noticias falsas o desinformantes que han tenido que ser desmentidas por la ONPE, el JNE y grupos de periodistas independientes, acusaciones de parcialidad electoral y "terruqueo"4 contra las autoridades electorales de la ONPE y del JNE, campañas de incitación al odio y a la violencia contra periodistas, activistas de derechos humanos y líderes de opinión, que piensan diferente a los simpatizantes del partido Fuerza Popular, como la campaña "Chapa tu Caviar", "listas negras" y #YaFueCusco, y racismo y discriminación contra quienes no votaron a su favor. 6. Los solicitantes resaltaron que quien asuma la presidencia del Perú debe hacerlo el 28 de julio de 2021. En el proceso de resolución de los recursos presentados ante el JNE, el propuesto beneficiario ha sido la “cara visible” de dicha institución y ha adoptado diversas decisiones propias de su cargo respecto al proceso electoral. Los solicitantes destacaron los siguientes: - Decisión de no ampliación del plazo. El 11 de junio de 2021, el JNE, a propuesta e impulso del propuesto beneficiario, decidió no ampliar el plazo legal para presentar las nulidades y recursos a la votación de la segunda vuelta5. Dicha decisión contó con voto de la mayoría y con voto en contra del fiscal Luis Arce Córdova. Ante este hecho, el juez Salas y su esposa comenzaron a ser blanco de ataques en sus redes sociales donde se dice que su esposo es un “comunista”, un “traidor”, parte de una “banda criminal”, y se llama, entre otros, a respetar el voto. Estos hechos generaron mucho temor en la familia del propuesto beneficiario. - Decisión de suspender al fiscal Luis Arce Córdova como miembro del JNE. El 23 de junio de 2021, el fiscal Jose Luis Arce Córdova declinó su cargo como miembro del JNE alegando presuntas irregularidades y parcialidad del órgano electoral, dejando al JNE sin quorum para deliberar. El propuesto beneficio consideró la declinación como renuncia, la cual se resolvería al final de la contienda electoral. El fiscal Arce fue suspendido de sus funciones, lo que permitió llamar al primer suplente el fiscal Víctor Raúl Rodríguez, quien se posesionó el 26 de junio de 2021. La Corte Suprema, la Junta de Fiscales Supremos, el Colegio de Abogados de Lima, las facultades de derecho de universidades públicas y las de universidades privadas. 4 Según los solicitantes, en Perú se utiliza el término “terruco” para estigmatizar a quien piensa distinto, insinuando que alguien promueve, está de acuerdo o ejerce acciones de terror. Es un insulto, pues en términos coloquiales es decirle a alguien “terrorista”. En un principio era “dirigido a los miembros de los grupos alzados en armas”, pero luego “contribuyó decisivamente, durante los años de la guerra sucia e incluso en tiempos más recientes, a estigmatizar a distintos sectores de la población peruana, incluyendo a defensores de derechos humanos, familiares de detenidos y tras víctimas de la violencia política, y personas de origen indígena en general.” 5 Lo anterior teniendo en cuenta teniendo en cuenta una sentencia del Tribunal Constitucional que señaló los plazos electorales como perennes. 3 -2-

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