B.2) Propuestos por el Estado (5) Antonio Agustín Aljure Salame, abogado, quien declarará sobre: (i) el marco normativo del Estado colombiano en materias de las labores de inteligencia y contrainteligencia y su compatibilidad con las obligaciones internacionales del Estado, particularmente en el ámbito de los derechos humanos, y (ii) los mecanismos que dispone el ordenamiento jurídico interno para garantizar que las labores de inteligencia y contrainteligencia observen las obligaciones en materia de derechos humanos. B.3) Propuestos por CAJAR y CEJIL (6) Rodrigo Uprimny Yepes, abogado, quien declarará sobre: (i) los estándares internacionales sobre el acceso a datos personales; (ii) la normativa sobre datos personales en el Estado colombiano; (iii) los mecanismos internos para el acceso a datos personales cuanto son obtenidos por medio de acciones de inteligencia por parte del Estado; (iv) las medidas necesarias que un Estado debe adoptar para garantizar el acceso a datos personales obtenidos por acciones de inteligencia ilegal, y (v) los estándares que podría desarrollar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de acceso y corrección de información personal. B.4) Propuestos por el Estado (7) Luis Guillermo Guerrero Pérez, abogado, quien declarará sobre: (i) los mecanismos dispuestos por el Estado colombiano para garantizar el tratamiento de datos personales y el acceso a estos; (ii) los principios que informan y garantizan el acceso a la información, y (iii) los mecanismos que prevé el ordenamiento jurídico interno para resolver eventuales controversias que se susciten respecto de la legalidad de la información, su acceso y depuración. 2. Requerir a las personas convocadas para rendir peritajes durante la audiencia, para que, de considerarlo conveniente, aporten una versión escrita de su respectivo peritaje, a más tardar el 2 de mayo de 2022. 3. Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público (affidávit): A) Presuntas víctimas A.1) Propuestas por CAJAR y CEJIL (8) Yessika Hoyos Morales, quien declarará sobre: (i) las actividades de vigilancia, seguimiento, hostigamiento y amenazas de las que habría sido víctima en razón de su labor como integrante del CAJAR; (ii) las gestiones que habría realizado para la búsqueda de justicia; (iii) las consecuencias personales, familiares y económicas que habrían derivado de los hechos, y (iv) las posibles medidas de reparación. (9) Reinaldo Villalba Vargas, quien declarará sobre: (i) las actividades de vigilancia, seguimiento, hostigamiento, amenazas y estigmatización de las que habría sido víctima en razón de su labor como integrante del CAJAR; (ii) las gestiones que habría realizado para la búsqueda de justicia; (iii) las consecuencias personales, familiares y económicas que habrían derivado de los hechos, y (iv) las posibles medidas de reparación. 31

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