118 d) como consecuencia de las violaciones a la Convención, que fueron determinadas en este caso, se sufrieron pérdidas económicas adicionales, que incluyen costos y gastos personales como consecuencia de la búsqueda por la justicia. Además, se incluyen los gastos relacionados con el tratamiento médico o psicológico necesario como consecuencia del daño causado a los familiares: los gastos adeudados a Yam Mack Choy, padre de la víctima, ascienden a US$16,442.30 (dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y dos dólares de los Estados Unidos de América y con treinta centavos) y los gastos adeudados a Lucrecia Hernández Mack, hija de la víctima ascienden a US$7,692.30 (siete mil seiscientos noventa y dos dólares de los Estados Unidos de América y con treinta centavos); y e) en cuanto a la hermana de la víctima Helen Mack Chang dejó su empleo para emprender la búsqueda de justicia, por lo que cambió toda su vida para luchar contra las injusticias continuas del Estado, y solicitaron que la Corte fije una suma equitativa para compensar sus derechos violados y el consiguiente cambio drástico en su plan de vida. Alegatos del Estado 249. El Estado no se refirió específicamente al daño material. Consideraciones de la Corte 250. La Corte determinará en este acápite lo correspondiente al daño material, el cual supone la pérdida o detrimento de los ingresos de la víctima y los gastos efectuados por sus familiares con motivo de los hechos280, para lo cual fijará una indemnización que busque compensar las consecuencias patrimoniales de las violaciones que han sido declaradas en la presente Sentencia. Para ello, tendrá en cuenta las pruebas reunidas en este caso, la jurisprudencia del propio Tribunal y las alegaciones de los representantes de los familiares de la víctima, de la Comisión y del Estado. a) Pérdida de ingresos 251. La Comisión y los representantes de los familiares de la víctima solicitaron una compensación por concepto de pérdida de ingresos de Myrna Mack Chang. En particular, dichos representantes solicitaron que la Corte tome como base el promedio de lo que ganaba la víctima al momento de los hechos, lo que gana hoy en día el director de AVANCSO, el sueldo que perciben personas con credenciales académicas similares a los de la víctima, el aumento del salario de la víctima en el tiempo, el aumento del costo de vida, la inflación en Guatemala y la expectativa de vida, entre otros. 252. En relación con la pérdida de ingresos de Myrna Mack Chang, la Corte fija en equidad la cantidad de US$235,000.00 (doscientos treinta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) por ese concepto. Esta cantidad deberá ser entregada a la hija de la víctima, Lucrecia Hernández Mack. b) Daño emergente 253. En consideración de las pretensiones de las partes, el acervo probatorio, los hechos probados del presente caso y su jurisprudencia, la Corte declara que la 280 Cfr. Caso Juan Humberto Sánchez, supra nota 9, párr. 162; Caso Trujillo Oroza. Reparaciones, supra nota 277, párr. 65; y Caso Bámaca Velásquez. Reparaciones, supra nota 277, párr. 43.

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