Municipalidad276. La Municipalidad alegó que esos bienes eran utilizados para las actividades y
servicios propios de la Municipalidad, por lo que resultarían inembargables. De esta forma se
ordenó una inspección de los bienes, la cual fue realizada el 17 de julio de 2000277. En esa misma
fecha, la parte actora solicitó el apercibimiento del Alcalde de Vallenar para que dictara el decreto
alcaldicio278. Dicho apercibimiento fue ordenado por el Juzgado el 20 de julio de 2000279.
106. El 21 de agosto de 2000 la Municipalidad presentó estados financieros, presupuestos y el
decreto de pago No. 2058-2000 para dar cumplimiento a la sentencia280. La parte actora impugnó
este decreto, al considerar que el mismo era nulo por su carácter vago y por no ajustarse su
finalidad al mandato legal281. El 28 de agosto de 2000 la Municipalidad emitió un nuevo decreto
de pago282, el cual fue nuevamente impugnado por la parte actora, quien consideró que éste no
enumeró las fuentes concretas para el pago y, al hacer referencia a presupuestos futuros, resultó
una mera declaración de intención de pago283.
107. El 11 de noviembre de 2000 el Juzgado de Letras de Vallenar resolvió el incidente de
inembargabilidad, considerando que los bienes enlistados y trabados en el embargo eran
efectivamente inembargables, con excepción de dos vehículos y un bien inmueble284. Tanto la
parte actora como la Municipalidad presentaron recursos de apelación en contra de esta
resolución, la Corte de Apelaciones de Copiapó le dio parcialmente la razón a la Municipalidad
considerando que la mayoría de los inmuebles servían propósitos de servicios municipales, por lo
que debía levantarse el embargo sobre ellos. Sin embargo, consideró que los inmuebles que eran
arrendados o comodatados a personas ajenas al municipio si podían ser embargados285.
108. A pesar de los dispuesto en el Decreto Alcaldicio No.2.115, el Alcalde no propuso en los
presupuestos correspondientes a los años 2001 y 2002 los fondos para el pago de la deuda, por
lo que la parte actora presentó un recurso de ilegalidad ante el Juzgado de Letras de Vallenar en
contra del Decreto que no incorporó la deuda en el presupuesto para el año 2002. Por resolución
de 16 de julio de 2002, la Corte de Apelaciones de Copiapó acogió el reclamo de ilegalidad y
ordenó al Alcalde “incorporar al presupuesto de la Municipalidad de Vallenar correspondiente al
año 2002, en el ítem “pago de sentencias ejecutoriadas”, y en los períodos sucesivos que
corresponda la deuda reconocida en los autos laborales Rol No. 4.443 […]”286.
276
Cfr. Actas de trabamiento de embargo de 28 de abril de 2000 (expediente de prueba, folios 11917 y 11921).
277
Cfr. Acta de diligencia realizada el 17 de julio de 2000 (expediente de prueba, folios 12050 a 12055).
Cfr. Escrito presentado por [Alexandra] Orrego Da Silva por la parte actora ante el Primer Juzgado de Letras
de Vallenar el 17 de julio de 2000 (expediente de prueba, folio 12063).
278
Cfr. Resolución emitida por el Primer Juzgado de Letras de Vallenar de 20 de julio 2000 (expediente de prueba,
folio 12064).
279
Cfr. Escritos presentados por Iván Mascareña Santana a nombre de la Municipalidad de Vallenar ante el Primer
Juzgado de Letras de Vallenar el 21 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folios 12200, 12202 y 12207).
280
Cfr. Escrito presentado por Saida Bonett Simon por la parte actora ante el Primer Juzgado de Letras de Vallenar
el 25 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folios 12224 y 12225).
281
282
Cfr. Decreto Exento No. 2115/2000 de 28 de agosto de 2000 emitido por la Municipalidad de Vallenar
(expediente de prueba, folios 12227 y 12228).
Cfr. Escrito presentado por Saida Bonett Simon por la parte actora ante el Primer Juzgado de Letras de Vallenar
el 30 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folios 12290 a 12292).
283
Cfr. Resolución emitida por el Primer Juzgado de Letras de Vallenar del 11 de noviembre de 2000 (expediente
de prueba, folios 12471 a 12477).
284
Cfr. Resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Copiapó del 29 de diciembre de 2000 (expediente de
prueba, folios 12547 a 12549).
285
Resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Copiapó del 16 de julio de 2002 (expediente de prueba,
folio 12997).
286
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