actualizaciones a la liquidación de la deuda, siendo la más reciente la presentada el 6 de mayo de
2019 por un monto de 5.884.635.933 pesos310.
B.11. Proceso Agurto Chein Juisan y otros contra la Municipalidad de Cauquenes,
Rol No. 63-1993
114. El 9 de diciembre de 1994 el representante de la docente Elena Agurto Chein Juisan,
presentó la solicitud de ejecución incidental311 de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones
de Talca el 30 de agosto de 1993, que acogió en segunda instancia la demanda presentada en
contra de la Municipalidad de Cauquenes, condenándola al pago de la asignación especial no
imponible establecida en el artículo 40 del Decreto Ley 3.551 de 1981312. El 26 de julio de 1995
la parte actora solicitó mandamiento de embargo sobre bienes a nombre de la Municipalidad de
Cauquenes313. El 29 de agosto de 1995 se procedió a trabar embargo sobre una máquina industrial
propiedad de la Municipalidad314.
115. El 1 de diciembre de 2004 se solicitó la emisión del decreto alcaldicio de pago315. La
Municipalidad presentó oposición al apercibimiento, alegando que “la Municipalidad tiene un
presupuesto global muy ajustado […] por consiguiente no está (además por su alto
endeudamiento) en condiciones de pagar las sumas en esta causa […]”316. El Juzgado de
Cauquenes, por medio de resolución de 12 de diciembre de 2005, ordenó al Alcalde de Cauquenes
a dictar el decreto de pago dentro de un plazo de 30 días corridos317. El 9 de junio de 2006 la
Municipalidad de Cauquenes emitió el Decreto Alcaldicio No. 310 en donde se decretó el
cumplimiento a la sentencia. Sin embargo, en el mismo se consignó que “[el] Municipio no posee
los fondos necesarios para hacer frente al pago de tan elevada suma de dinero […]”318.
116. El 19 de abril de 2007 la Municipalidad presentó un oficio en donde alegó la “imposibilidad
absoluta de dar cumplimiento a la sentencia de autos, ya que la ingente suma a pagar aniquila
toda buena intención o perspectiva de solución que se tenga”319. El 26 de noviembre de 2007
presentó un nuevo oficio en que alegó que estaban abocados con el presidente de la Cámara de
Diputados para definir el planteamiento que se presentaría al Gobierno con el fin de facilitar los
Cfr. Liquidación presentada por la Secretaría del Primer Juzgado de Letras de Vallenar el 6 de mayo de 2019
(expediente de prueba, folio 14560).
310
Cfr. Escrito presentado por Humberto Franzani por la parte actora ante el Juzgado de Letras de Cauquenes el
9 de diciembre de 1994 (expediente de prueba, folio 14964).
311
Cfr. Resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Talca el 30 de agosto de 1993 (expediente de prueba,
folios 14960 a 14962).
312
Cfr. Escrito presentado por Humberto Franzani por la parte actora ante el Juzgado de Letras de Cauquenes el
26 de julio de 1995 (expediente de prueba, folios 14966 y 14967).
313
314
Cfr. Acta de trabamiento de embargo de 29 de agosto de 1995 (expediente de prueba, folio 14969).
Cfr. Escrito presentado por José Seda Navarrete a nombre de la parte actora ante el Juzgado de Letras de
Cauquenes el 1 de diciembre de 2004 (expediente de prueba, folio 14970).
315
Escrito presentado por Guillermo Badilla Eulufi por la Municipalidad de Cauquenes ante el Juzgado de Letras
de Cauquenes en fecha no establecida (expediente de prueba, folio 14973).
316
Cfr. Resolución emitida por el Juzgado de Letras de Cauquenes el 12 de diciembre de 2005 (expediente de
prueba, folios 14975 a 14976).
317
Decreto Alcaldicio No. 310 emitido por la Municipalidad de Cauquenes el 9 de junio de 2006 (expediente de
prueba, folio 14978).
318
319
Oficio del Alcalde de la Municipalidad de Cauquenes de 18 de abril de 2007 (expediente de prueba, folio 14984).
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