66.
El 19 de abril de 1991 el tribunal certificó que la demanda se tenía como presentada
y el 24 de mayo siguiente el peticionario solicitó que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto
383/91 68 , se ordene la prosecución de las actuaciones 69 . El 29 de mayo el juez ordenó que se
librara oficio al Estado Mayor General del Ejército para que informara si se encontraba abierta alguna
investigación en relación con los hechos 70 . El 8 de noviembre de 1991, el peticionario solicitó al
tribunal que proveyera el traslado de la demanda 71 .
67.
El 14 de noviembre de 1991, el juez considerando que el peticionario había indicado
en su demanda inicial que el predio donde habría ocurrido el accidente pertenecía al grupo de
Artillería de Defensa Aérea 101 72 , y que en el escrito mediante el cual integró la demanda –
presentado el 16 de abril de 1991– había solicitado se librara oficio al Registro de la Propiedad
Inmueble para que informara sobre el titular del dominio del predio a la fecha del accidente73 , solicitó
al peticionario que manifestara contra quién dirigía la acción 74 . El 13 de marzo de 1992 la abogada
del peticionario respondió indicando que dirigía la acción contra el Ministerio de Defensa Nacional, y
sin perjuicio de ello solicitaba que se libre oficio al Registro de la Propiedad “a fin de que informe la
titularidad de dominio del predio donde aconteció el ilícito, a la fecha del mismo y según se señaló
en el punto II [del escrito que integró la demanda] (datos del inmueble)” 75 .
68.
El 24 de julio de 1992 el Registro de Propiedad comunicó al tribunal que era
necesario que se citara el plano donde se encontraba el predio 76 ; motivo por el cual el peticionario
solicitó el 4 de septiembre de 1992 que se librara oficio a la Dirección de Catastro, a fin de que
remitiera copia de dichos planos 77 . Las pertinentes averiguaciones catastrales se realizaron entre los
meses de marzo y mayo de 1993 78 . Mediante oficio del 6 de mayo de 1993 la Dirección de
68
Véase Decreto No. 383/91 que modifica los Decretos 34/91 y 53/91 relativos a la suspensión transitoria de
juicios contra el Estado, publicado en Boletín Oficial el 12 de marzo de 1991.
69
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folios 18 vuelta y 19.
Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
70
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 19 vuelta. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
71
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 21. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
72
Demanda presentada el 18 de diciembre de 1990, Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional
S/Daños y Perjuicios”, folio 6. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
73
Integración de demanda presentada el 16 de abril de 1991 Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado
Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 17. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
74
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 22. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
75
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 21 vuelta. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. El “punto II” del escrito que integró la demanda al que hace
referencia el peticionario indica que su hijo Sebastián ingresó a los “inmuebles de propiedad de la parte demandada, que se
encuentran ubicados en el Partido Tres de Febrero, localidad de Ciudadela, Provincia de buenos Aires, delimitado por las
calles Hipólito Irigoyen, Carlos Pellegrini, Reconquista y Comesaña (Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI-Sección DFracción XI-Parcelas 1 y 2 partidas inmobiliarias 2795 y 28988, respectivamente”. Integración de demanda presentada el 16
de abril de 1991 Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 15. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
76
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 25. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
77
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 26. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.
78
Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folios 27-37. Anexo a
comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.