reparador y preventivo respectivamente, los mismos que fueron desestimados por existir una orden de privación de libertad ordenada por una autoridad competente; que, en virtud de las denuncias formuladas por sus familiares, el Agente Fiscal en lo Penal decidió imputar al Jefe del Centro de Investigación Judicial del Ministerio Público, a un sub-comisario de policía y a un suboficial de la unidad policial de investigación de delitos de la policía nacional; que contra dichos imputados las presuntas víctimas promovieron una querella criminal por hechos punibles contra la libertad, coacción grave, secuestro, amenaza, tentativa de homicidio doloso, desaparición forzosa, lesión grave, lesión grave en el ejercicio de funciones públicas, tortura y persecución de inocentes en asociación criminal, ofreciendo una serie de pruebas; que el 8 de febrero de 2003 el fiscal requirió el sobreseimiento de los imputados; que las presuntas víctimas impugnaron la solicitud de sobreseimiento, ofreciendo pruebas y alegatos; que el 14 de mayo de 2003 se llevó a cabo una audiencia preliminar luego de la cual la juez penal concluyó que los argumentos expuestos por los agentes fiscales fundamentando el requerimiento conclusivo de sobreseimiento definitivo no eran suficientes para sobreseer definitivamente a los imputados y que los elementos probatorios debían ser debatidos y analizados en juicio oral y público, por lo que se resolvió remitir los autos al Fiscal General del Estado para la ratificación del pronunciamiento de los fiscales intervinientes; que el 27 de mayo de 2003 el Fiscal General Adjunto del Estado ratificó los requerimientos fiscales y solicitó que se dicte el sobreseimiento definitivo a favor de los imputados por los hechos de los que habrían sido víctimas los señores Arrom y Martí; que el 19 de junio de 2003 la defensa del señor Arrom presentó una excepción de inconstitucionalidad, la misma que fue admitida en una audiencia preliminar celebrada el mismo día; que el 19 de septiembre de 2003 la Sala Constitucional de la Corte Suprema resolvió desestimar la excepción de inconstitucionalidad; que el 4 de noviembre de 2003 se celebró una audiencia preliminar en la cual el juzgado resolvió decretar el sobreseimiento definitivo de los imputados en los hechos de los que habrían sido víctimas los señores Arrom y Martí; que contra esta resolución la defensa del señor Arrom presentó una apelación general; y que el 24 de marzo de 2004 el tribunal de apelación confirmó la decisión de decretar el sobreseimiento definitivo. 70. En consecuencia, la Comisión considera que los recursos idóneos relacionados con las presuntas violaciones a los derechos de los señores Arrom y Martí fueron debidamente agotados. 17

Seleccionar párrafo de destino3