48 comisión de las desapariciones”. Con relación a Ramón Isaza, se determinó que “hay pruebas para inferirle responsabilidad penal” y que sería “uno de los autores determinadores” del secuestro de las presuntas víctimas y del homicidio de Javier Giraldo257. 150. El 18 de diciembre de 2003 la apoderada civil en el proceso solicitó a la UNDH que se realizaran diversas pruebas258. 151. El 19 de abril de 2004 la UNDH emitió una resolución donde dispuso realizar una serie de diligencias, algunas de las cuales fueron solicitadas por la parte civil259. Asimismo se denegó la solicitud de cierre de investigación por parte del defensor del mayor Carlos Guzmán. En dicha denegatoria se indicó la necesidad de practicar las pruebas restantes y la complejidad de la investigación260. 152. El 18 de noviembre de 2004 los investigadores judiciales presentaron información recibida en la Vereda en el sentido de que el personero del municipio de Cocorná para esa época se encuentra refugiado en Australia “por temor a ser asesinado como sucedió con (…) el personero de El Carmen de Viboral”. Asimismo, señalaron que “se escucharon rumores sin confirmar que al parecer el agente de policía de quien se dice estuvo presente en algunas desapariciones (…) es de apellido Viañe”261. 153. El 19 de noviembre de 2004 y 29 de marzo de 2005 el defensor de Carlos Guzmán solicitó el cierre de la investigación262. El mismo día, la UNDH solicitó nuevas pruebas e indicó que es 257 Anexo 13. Decisión judicial de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación, firmada por la Fiscal Especializada Lilia Hernández Ramírez, de fecha 30 de abril de 2003. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 9. Folios 251-302. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 258 Anexo 62. Escrito Rdo. 233 de Liliana Uribe, apoderada judicial de la parte civil, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 18 de diciembre de 2003. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. Las pruebas solicitadas fueron: i) ratificar el informe de la Fiscalía de 10 de agosto de 1996 que da cuenta de la existencia de un grupo paramilitar liderado por Ramón Isaza y que se refiere a la colaboración que ha tenido por parte de unidades del ejército y personas vinculadas con la policía nacional; ii) llamar a declarar a Arley de Jesús Arango, militar quien reconoció ser escolta de Ramón Isaza; iii) llamar a declarar a Ilga Ruiz Angarita, fiscal seccional encargada del municipio de El Santuario quien habría recibido a Irene Gallego el 28 de junio de 1996 y posteriormente la habría entregado a la FTA; y iv) llamar a declarar a familiares de las víctimas. 259 Anexo 24. Resolución de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, firmada por la Fiscal Especializada Lilia Hernández, de fecha 19 de abril de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 41-45. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 260 Anexo 24. Resolución de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, firmada por la Fiscal Especializada Lilia Hernández, de fecha 19 de abril de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 41-45. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 261 Anexo 24. Informe No. 202148 firmado por los investigadores judiciales Danilo Henao y Nelson Galeano, dirigido a la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos Lilia Hernández, de fecha 18 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 128-132. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 262 Anexo 24. Oficio firmado por Henry Suanca, dirigido a la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 19 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folio 174. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 24. Oficio firmado por Henry Suanca, dirigido a la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, (Continúa...)

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