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comisión de las desapariciones”. Con relación a Ramón Isaza, se determinó que “hay pruebas para
inferirle responsabilidad penal” y que sería “uno de los autores determinadores” del secuestro de las
presuntas víctimas y del homicidio de Javier Giraldo257.
150. El 18 de diciembre de 2003 la apoderada civil en el proceso solicitó a la UNDH que se
realizaran diversas pruebas258.
151. El 19 de abril de 2004 la UNDH emitió una resolución donde dispuso realizar una serie
de diligencias, algunas de las cuales fueron solicitadas por la parte civil259. Asimismo se denegó la
solicitud de cierre de investigación por parte del defensor del mayor Carlos Guzmán. En dicha
denegatoria se indicó la necesidad de practicar las pruebas restantes y la complejidad de la
investigación260.
152. El 18 de noviembre de 2004 los investigadores judiciales presentaron información
recibida en la Vereda en el sentido de que el personero del municipio de Cocorná para esa época se
encuentra refugiado en Australia “por temor a ser asesinado como sucedió con (…) el personero de El
Carmen de Viboral”. Asimismo, señalaron que “se escucharon rumores sin confirmar que al parecer el
agente de policía de quien se dice estuvo presente en algunas desapariciones (…) es de apellido
Viañe”261.
153. El 19 de noviembre de 2004 y 29 de marzo de 2005 el defensor de Carlos Guzmán
solicitó el cierre de la investigación262. El mismo día, la UNDH solicitó nuevas pruebas e indicó que es
257
Anexo 13. Decisión judicial de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de
la Fiscalía General de la Nación, firmada por la Fiscal Especializada Lilia Hernández Ramírez, de fecha 30 de abril de 2003.
Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 9. Folios 251-302. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de
24 de junio de 2010.
258
Anexo 62. Escrito Rdo. 233 de Liliana Uribe, apoderada judicial de la parte civil, la Unidad Nacional de Derechos
Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 18 de diciembre de 2003. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en
la CIDH el 1 de febrero de 2007. Las pruebas solicitadas fueron: i) ratificar el informe de la Fiscalía de 10 de agosto de 1996 que
da cuenta de la existencia de un grupo paramilitar liderado por Ramón Isaza y que se refiere a la colaboración que ha tenido por
parte de unidades del ejército y personas vinculadas con la policía nacional; ii) llamar a declarar a Arley de Jesús Arango, militar
quien reconoció ser escolta de Ramón Isaza; iii) llamar a declarar a Ilga Ruiz Angarita, fiscal seccional encargada del municipio
de El Santuario quien habría recibido a Irene Gallego el 28 de junio de 1996 y posteriormente la habría entregado a la FTA; y iv)
llamar a declarar a familiares de las víctimas.
259
Anexo 24. Resolución de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, firmada por
la Fiscal Especializada Lilia Hernández, de fecha 19 de abril de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 41-45.
Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.
260
Anexo 24. Resolución de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, firmada por
la Fiscal Especializada Lilia Hernández, de fecha 19 de abril de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 41-45.
Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.
261
Anexo 24. Informe No. 202148 firmado por los investigadores judiciales Danilo Henao y Nelson Galeano, dirigido a
la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos Lilia Hernández, de fecha 18 de noviembre de 2004.
Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 128-132. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de
24 de junio de 2010.
262
Anexo 24. Oficio firmado por Henry Suanca, dirigido a la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos
Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 19 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10.
Folio 174. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 24. Oficio firmado por
Henry Suanca, dirigido a la Fiscal Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación,
(Continúa...)