17 Gobernación, el Ministro de Defensa, el Director General de la Policía Nacional y autoridades policiales y militares de Guatemala, en favor de Efraín Bámaca Velásquez8. El 1 de septiembre de 1994 la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente el recurso de exhibición personal (infra 80) porque, por una parte, el Ministerio de Defensa, la Dirección General de la Policía Nacional y la Dirección General de la Guardia de Hacienda informaron que “no recibi[eron] ninguna orden judicial para la detención del señor [Efraín Bámaca Velásquez]” y, por otra, porque visitadas cárceles públicas, destacamentos militares y subestaciones de la Policía Nacional, los resultados fueron negativos9. 79. El 27 de octubre de 1994 el Presidente de la República, a raíz de la huelga de hambre de Jennifer Harbury (infra 93.C.b), anunció que se llevaría a cabo una nueva investigación para dar con el paradero de Bámaca Velásquez y designó al Representante Permanente de Guatemala ante la Organización de Estados Americanos (en adelante “OEA”) para presidir una comisión especial que se encargaría de ella10. 80. El 31 de octubre de 1994, el Procurador General de la Nación presentó una denuncia ante el Fiscal General de la Nación y el Ministerio Público para iniciar una acción penal sobre la desaparición de Bámaca Velásquez. Ese mismo día el Fiscal General presentó un recurso de exhibición personal en nombre de Efraín Bámaca Velásquez y de otras 38 personas que supuestamente habían sido detenidas clandestinamente. El 2 de noviembre siguiente la Corte Suprema de Justicia designó al Juez Segundo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Coatepeque, Quetzaltenango, para que dirigiera la correspondiente investigación. Al día siguiente, a raíz de esta investigación, Harbury testificó ante dicho juzgado11. Ese mismo día el fiscal informó a Jennifer Harbury que al día siguiente se procedería a la exhumación de un cuerpo que, según se creía, correspondía a Bámaca Velásquez. El 4 de noviembre de 1994 se postergó la exhumación para el 10 de noviembre siguiente. Este día se realizó la exhumación de dos hombres jóvenes que habían muerto por disparos en la cabeza y que no correspondían a los restos de Bámaca Velásquez12. 8 Cfr. Resolución de 1 de septiembre de 1994 de la Corte Suprema de Justicia en el expediente No. 82/94, Anexo 25; denuncia presentada ante el Ministerio Público el 21 de octubre de 1994 por el Procurador General de la Nación, Acisclo Valladares Molina, Anexo 27; y Human Rights Watch/Americas, Disappeared in Guatemala: The Case of Efraín Bámaca Velásquez, marzo de 1995, Anexo 51. 9 Cfr. Resolución de 1 de septiembre de 1994 de la Corte Suprema de Justicia en el expediente No. 82/94, Anexo 25; denuncia presentada ante el Ministerio Público el 21 de octubre de 1994 por el Procurador General de la Nación, Acisclo Valladares Molina, Anexo 27; Human Rights Watch/Americas, Disappeared in Guatemala: The Case of Efraín Bámaca Velásquez, marzo de 1995, Anexo 51; y testimonio de Acisclo Valladares Molina rendido ante la Corte el 22 de noviembre de 1998. 10 Cfr. Human Rights Watch/Americas, Disappeared in Guatemala: The Case of Efraín Bámaca Velásquez, marzo de 1995, Anexo 51; y carta de 13 de marzo de 1995 del Gobierno a la Comisión Interamericana. 11 Cfr. Denuncia presentada ante el Ministerio Público el 21 de octubre de 1994 por el Procurador General de la Nación, Acisclo Valladares Molina, Anexo 27; resolución de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala de 2 de noviembre de 1994, Anexo 28; declaración de Jennifer Harbury presentada a la Comisión Interamericana el 20 de diciembre de 1995, Anexo 46; acta de la entrevista a Jennifer Harbury de 3 de noviembre de 1994 en el Ministerio Público, Anexo 47; preguntas para la entrevista del Procurador General, Acisclo Valladares Molina, 31 de octubre de 1994, Anexo 48; testimonio de Jennifer Harbury rendido ante la Corte el 16 de junio de 1998; testimonio de Acisclo Valladares rendido ante la Corte el 22 de noviembre de 1998; y carta de 13 de marzo de 1995 del Gobierno a la Comisión Interamericana. 12 Cfr. Declaración de Jennifer Harbury presentada a la Comisión Interamericana el 20 de diciembre de 1995, Anexo 46; Human Rights Watch/Americas, Disappeared in Guatemala: The Case of

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