31 71. Como resultado de lo anterior, los representantes de los familiares de las víctimas estiman que el Estado debe pagar a los familiares de las víctimas directas, los montos indicados en la siguiente tabla: Reparación por Víctima Anstraun Aman Villagrán Morales concepto de daño material Daño Emergente Lucro cesante US $161.66 US $50.563.47 US $2.392.20 US $1.500.00 Henry Giovanni Contreras US $350.00 US $50.149.43 US $2.500.00 Julio Roberto Caal US $399.02 US $51.376.70 Sandoval Federico Clemente US $50.149.43 Figueroa Túnchez Jovito Josué Juárez US $51.223.29 Cifuentes 72. Los mencionados representantes consideran que los beneficiarios de la indemnización del daño material deben ser las siguientes personas: a) en lo que se refiere a Anstraun Aman Villagrán Morales, solicitaron que la mitad de la indemnización que se establezca por concepto de daño material se adjudique a su madre, Matilde Reyna Morales García, y la otra mitad a su hermana, Lorena Dianeth Villagrán Morales; b) en cuanto a Henry Giovanni Contreras, solicitaron que la mitad de la indemnización que se establezca por concepto de daño material se adjudique a su madre, Ana María Contreras, y un tercio de la mitad a cada uno de sus hermanos, Mónica Renata, Shirley Marlen y Osman Ravid Agreda Contreras; c) respecto de Julio Roberto Caal Sandoval, solicitaron que la totalidad de la indemnización que se establezca por concepto de daño material se adjudique a su abuela, Margarita Urbina; d) en relación con Federico Clemente Figueroa Túnchez, solicitaron que la totalidad de la indemnización que se establezca por concepto de daño material se adjudique a su madre Marta Isabel Túnchez Palencia; y e) en lo que atañe a Jovito Josué Juárez Cifuentes, solicitaron que la totalidad de la indemnización que se establezca por concepto de daño material se adjudique a su madre Noemí Cifuentes. 73. Durante la audiencia pública, los mencionados representantes se opusieron al planteamiento del Estado según el cual, de acuerdo con las circunstancias del caso, 66 Respecto a Anstraun Aman Villagrán Morales. 67 En relación con las madres de Henry Giovanni Contreras y Anstraun Aman Villagrán Morales.

Seleccionar párrafo de destino3