e internacional. Esta práctica dañina ha contribuido, entre otros episodios criminales, a los
asesinatos de integrantes de la Unión Patriótica y de líderes sindicales en Colombia71.
83.
En varias de sus intervenciones, el entonces Presidente refirió que había que reconocer tanto
la falta de eficacia del Estado en materia de garantías de protección para la UP, como la intención criminal de las
FARC de mantener control sobre la UP. Asimismo, en una de sus declaraciones en relación con el caso de la Unión
Patriótica ante la CIDH, Uribe Vélez manifestó “Mi Gobierno pide que se tenga el buen cuidado de examinar bien
esas quejas, porque en la historia reciente de Colombia se conoce que cada vez que las guerrillas sienten que hay
un avance de las fuerzas institucionales contra ellos, el expediente al cual apelan es que se están violando los
derechos humanos”72.
84.
La Comisión toma nota que en el marco de la campaña presidencial “Adelante Presidente” de
Álvaro Uribe para los comicios del año 2006, circuló un video de dicha campaña en la que una persona afirmaba
haber pertenecido a la UP y se refirió a ésta como un movimiento que recurrió a las armas “a matar por matar”73.
85.
La Comisión cuenta con información que indica que la campaña de estigmatización contra la
Unión Patriótica ha continuado con posterioridad. Así, a partir del 10 de julio de 2013 fecha en la que se divulgó
la noticia sobre la orden judicial de restituir la personería jurídica a la UP, se conocieron por distintos medios
de comunicación, los señalamientos realizados por el ex vicepresidente de Colombia, Francisco Santos74. Así,
según señaló la parte peticionaria, a través de su twitter, el ex vicepresidente afirmó:
¿A la U.P. le regresan la personería jurídica? ¿contarán en algún momento su participación en
la combinación de todas las formas de lucha? La U.P. es parte de una manera de hacer política
de las FARC. Por un lado tienen los fusiles y en el otro la política75.
86.
Chinita?76.
Y agregó: ¿contarán algunos cuadros de la UP en Urabá su participación en la masacre de La
87.
La parte peticionaria indicó que el 25 de julio de 2013, Reiniciar y el Presidente de la UP
formularon denuncia penal en contra del ex vicepresidente de Colombia, por los delitos de hostigamiento por
motivos políticos, injuria, calumnia y apología al genocidio 77 . Indicó que la Fiscalía General de la Nación,
mediante comunicación de 16 de agosto de 2013 informó a Reiniciar la emisión de la Resolución No. 0-3042 del
13 de agosto de 2013 a través de la cual se designó un Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia para
tramitar la correspondiente investigación78.
71 Anexo 11. Disco compacto que contiene 33 intervenciones públicas de Álvaro Uribe Vélez mientras fue Presidente de Colombia.
Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 28 de noviembre de 2007.
72 Anexo 11. Disco compacto que contiene 33 intervenciones públicas de Álvaro Uribe Vélez mientras fue Presidente de Colombia.
Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 28 de noviembre de 2007.
73 La Comisión toma nota que en la sentencia T-959/06 la Corte Constitucional de Colombia analizó el contenido de dicho mensaje
y resolvió que “al sindicar a una persona o a un grupo de personas de matar a civiles y de hacerle daño a los demás, sin aportar el acerbo
(sic) probatorio que justifique afirmaciones de esa magnitud, se traspasan los límites de la libertad de expresión, pues no resulta razonable
entender cobijadas tales manifestaciones en el ámbito de protección de la libertad de expresión, por más amplio que este sea”. Añadió que
dicho mensaje tiene como consecuencia la promoción de una imagen negativa de la Unión Patriótica y de sus miembros, pues en lugar de
ser considerados legítimos actores políticos, se les hace aparecer como responsables de delitos perpetrados en contra de civiles y, por ende,
como merecedores de reproche social.
74 El Universal: “La Unión Patriótica demandará a Francisco Santos por instigar al genocidio” de 17 de julio de 2013. Revista
Semana: “La dura pelea entre Francisco Santos y Aída Avella” de 27 de marzo de 2015.
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Escrito de la parte peticionaria de 30 de octubre de 2013.
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Escrito de la parte peticionaria de 30 de octubre de 2013.
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Escrito de la parte peticionaria de 30 de octubre de 2013.
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Escrito de la parte peticionaria de 30 de octubre de 2013.
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