peritajes presentados en éste proceso108 y en otros procesos109 ante el Tribunal (incorporados
a la prueba documental en el presente caso) dan cuenta de esos vínculos.
B.
Determinaciones globales de los hechos y presuntas víctimas del caso
102.
En esta sección la Comisión hará referencia a la información consolidada disponible con la que
cuenta respecto de todas las presuntas víctimas del presente caso.
103.
Constan en el expediente diversas fuentes de información sobre las presuntas víctimas del caso.
Así, en la petición inicial recibida el 16 de diciembre de 1993, se individualizaron 1554 presuntas víctimas, entre
personas asesinadas, desaparecidas, sobrevivientes de atentados y personas amenazadas, entre 1985 y la fecha
de presentación de dicha petición. Respecto de este grupo inicial, la Presidenta de la Unión Patriótica, Aida
Avella, certificó el vínculo de las presuntas víctimas con dicho partido. Además uno de los anexos de la petición
inicial es un informe de la Defensoría del Pueblo de octubre de 1992. Dicho informe contiene un listado de casos
de asesinatos y masacres de personas vinculadas con la Unión Patriótica entre 1985 y 1992.
104.
Con posterioridad, la Comisión continuó recibiendo información sobre presuntas víctimas
adicionales. Esta información fue presentada por la Corporación Reiniciar, tanto a través de listados
complementarios, como a través de decenas de escritos de información actualizada en los cuales se indicaban
expresamente hechos supervinientes en periodos específicos, con indicación de los nombres de nuevas
presuntas víctimas de los mismos tipos de violaciones que se desagregan en la siguiente sección. En muchos de
estos escritos se incluyó información sobre las circunstancias en que continuaron ocurriendo tales hechos
supervinientes.
105.
Asimismo, durante el proceso de solución amistosa, se allegaron al expediente informes de
diversas autoridades estatales como la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación. En
estos documentos se incluyen cuadros de información con listados de presuntas víctimas respecto de las cuales
existían o bien investigaciones penales o bien investigaciones disciplinarias.
106.
Frente a la cantidad y diversidad de fuentes en los términos referidos en los párrafos
anteriores, la parte peticionaria que representa a la gran mayoría de presuntas víctimas, presentó el 18 de
febrero de 2013 la información consolidada y definitiva sobre las personas que consideran presuntas víctimas.
Esta información consolidada se refiere a un total de 6.528110 presuntas víctimas de los hechos de violencia en
contra de integrantes y militantes de la Unión Patriótica entre 1984 y 2006.
107.
En la presente sección, la Comisión efectuará las determinaciones correspondientes a la
información disponible sobre este universo consolidado y definitivo de presuntas víctimas, cuya
individualización se encuentra en los Listados de Víctimas anexos al presente informe de fondo. Además, en esta
sección la Comisión efectuará las determinaciones correspondientes a la información disponible sobre
presuntas víctimas representadas actualmente por la organización Derechos con Dignidad, incluyendo las que
se encontraban en el listado consolidado presentado el 18 de febrero de 2013, así como una persona más que
no se encuentra nombrada ni en el listado consolidado ni en los casos denominados representativos.
108 Corte IDH. Caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs.
Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2013. Citando Cfr. Peritaje rendido
por Javier Ciurlizza, perito propuesto por la Comisión, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante la audiencia pública de
12 de febrero de 2013: “[…] Es de dominio público la existencia de vínculos entre grupos paramilitares y algunos actores locales económicos
o políticos […]”. Peritaje antropológico rendido por Jesús A. Flores López, propuesto por los representantes, rendido ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, en 12 de febrero de 2013.
109 Corte IDH. Caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs.
Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2013.Operación Génesis. Citando Cfr.
Declaración Jurada rendida por Federico Andreu-Guzmán en Casos Masacre de Mapiripán y Masacre de La Rochela vs. Colombia. En distintas
partes de su declaración, el señor Andreu hace referencia a la existencia de vínculos entre grupos paramilitares y militares.
110 La Comisión toma nota de que con posterioridad, Reiniciar aportó otra versión electrónica de este listado, en el cual se
contabilizan un total de 6.526 presuntas víctimas.
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