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55.
Que los representantes señalaron la difícil situación en la que se han visto envueltos
como consecuencia de los pagos parciales realizados por el Estado en relación con este
rubro, debido a que se ha generado la necesidad de llegar a un acuerdo entre todos los
familiares de las víctimas respecto a la distribución de la cuota. En razón de lo anterior,
sugirieron la conformación de un grupo de trabajo integrado con representantes del
Ministerio de Hacienda y de la Procuraduría, a fin de que participen de las reuniones de los
familiares de las víctimas, y les ayuden a comprender la situación actual de los pagos y su
compromiso de cancelar la totalidad de los montos señalados en la Sentencia, así como los
intereses moratorios generados. La mencionada solicitud fue acogida por el Estado, el que
reiteró su voluntad de cumplir a cabalidad con lo ordenado por el Tribunal.
56.
Que la Comisión se refirió a la necesidad de contar con información respecto a la
fecha en la cual el Estado podría finiquitar la totalidad de las indemnizaciones ordenadas en
Sentencia, incluidos los intereses por mora.
57.
Que si bien el Estado ha dispuesto la realización de los pagos en cuotas por año, el
Tribunal valora positivamente las acciones realizadas y la disposición de concertación por
parte de las autoridades estatales con las víctimas y sus representantes, para continuar con
la ejecución de estas medidas de reparación. Asimismo, toma nota del compromiso
expresado por el Estado de cumplir con el pago de la suma presupuestada para el presente
año fiscal, en el término de una semana a partir de que los representantes presenten un
documento estableciendo la distribución proporcional de dicho monto, así como de incluir el
saldo restante en el ejercicio fiscal 2010. Además, en razón de haber incurrido en mora, el
Estado deberá referirse a las previsiones realizadas para cubrir los respectivos intereses
moratorios.
*
*
*
Pago de costas y gastos
58.
Que en lo referente a la obligación del Estado de pagar las indemnizaciones por
concepto de costas y gastos (punto resolutivo decimoquinto de la Sentencia), el Estado
aportó información que evidencia el pago efectivo de este extremo a la organización
peticionante.
59.
Que los representantes confirmaron la información aportada por el Estado.
60.
Que la Corte valora positivamente lo informado por el Estado y los representantes,
en cuanto a que el primero ha realizado los pagos por concepto de costas y gastos
dispuestos a favor de los representantes de las víctimas y familiares. En consecuencia, el
Estado ha dado cumplimiento efectivo a esta obligación.
*
*
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61.
Que al supervisar el cumplimiento de los puntos pendientes de acatamiento en este
caso, la Corte valora la utilidad de la audiencia celebrada al efecto, la cual ha quedado
plasmada en la buena voluntad y espíritu de cooperación mostrado por las partes, las que
han coincidido en que el incumplimiento de algunos puntos de la referida Sentencia se
mantiene. En particular, el Tribunal valora que el Estado y los representantes se hayan
comprometido a celebrar una reunión a la mayor brevedad, así como que el Estado haya