6 13. Que, en este particular, como ya ha afirmado la Corte, “es responsabilidad del Estado adoptar medidas de seguridad para proteger a todas las personas que estén sujetas a su jurisdicción; este deber se torna aún más evidente en relación con quienes estén vinculados en procesos ante los órganos de supervisión de la Convención Americana” (cfr., inter alia, Caso de Luis Uzcátegui. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002, considerando séptimo; Caso de Luisiana Ríos y Otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002, considerando séptimo; Caso de Liliana Ortega y Otras. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002, considerando séptimo; Caso de la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 29 de agosto de 2002, considerando sexto; Caso Helen Mack y Otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 26 de agosto de 2002, considerando séptimo; Caso Helen Mack y Otros. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 14 de agosto de 2002, considerando séptimo; Caso de la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 18 de junio de 2002, considerando octavo; Caso Gallardo Rodríguez. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 20 de diciembre de 2001, considerando séptimo; Caso del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y Otros. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 25 de octubre de 2001, considerando octavo; Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 3 de febrero de 2001. Serie E No. 3, considerando octavo; Caso Paniagua Morales y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 29 de enero de 2001. Serie E No. 3, considerando noveno; Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 13 de diciembre de 2000. Serie E No. 3, considerando noveno; Caso de Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 12 de noviembre de 2000. Serie E No. 3, considerando sexto; Caso de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de noviembre de 2000, considerando décimo; Caso de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 9 de octubre de 2000, considerando octavo; Caso de Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 18 de agosto de 2000, considerando décimo primero; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 14 de agosto de 2000, considerando noveno; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 7 de abril de 2000. Serie E No. 2, considerando noveno; y Caso Digna Ochoa y Plácido y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 1999. Serie E No. 2, considerando séptimo). 14. Que esta Presidencia estima necesario que el Estado garantice a José León Bámaca Hernández, Egidia Gebia Bámaca Velásquez, Josefina Bámaca Velásquez, Alberta Velásquez, Rudy López Velásquez y demás miembros de la familia Bámaca Velásquez las condiciones de seguridad necesarias para que puedan seguir viviendo en su residencia habitual sin temor de sufrir consecuencias en su integridad física, psíquica y moral (cfr., inter alia, Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 13 de diciembre de 2000. Serie E No. 3, considerando duodécimo y resolutivo primero; Caso de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos

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