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fecha de los hechos, el Estado debe indemnizar a los familiares por concepto
de lucro cesante de las víctimas de la siguiente forma:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
vii.
José Rolan Valencia tenía 43 años y devengaba un ingreso de US $
3.447,77 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban
de vida, resulta en un monto de US $ 120.292,87 que debe ser
liquidado a favor de la esposa de la victima, señora Marina San
Miguel Duarte, y de los menores hijos Nadia Mariana, Yinda
Adriana, Johna Marina, Roland Andrés Valencia Sanmiguel y Ronald
Mayiber Valencia Sanmiguel;
Sinaí Blanco Santamaría tenía 57, se encontraba en pleno goce de
sus facultades y trabajaba administrando sus bienes; devengaba
un ingreso de US $3.004 anuales, lo cual multiplicado por los años
que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $67.927.03 que
debe ser liquidado a favor de la señora Nory Giraldo de Jaramillo y
su hija de crianza Carmen Johanna Jaramillo Giraldo;
Antonio Maria Barrera Calle tenía 56 años y devengaba un ingreso
de US $16.926 anuales, lo cual multiplicado por los años que le
faltaban de vida, resulta en un monto de US $382.698.02 que debe
ser liquidado a favor de su hija, la señora Viviana Barrera Cruz;
Hugo Fernando Martínez Contreras tenía 16 años y una expectativa
de vida de 56,97 años mas de vida, menos dos (2) años de
improductividad quedando la expectativa de vida 54.97 años y
devengaría un ingreso de salario mínimo de US $2365 anuales, lo
cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un
monto de US $130.025 que debe ser liquidado a favor de la madre
de la víctima la señora Mariela Contreras Cruz y sus hermanas: Yur
Mary Herrera Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo
Contreras, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez
Contreras;
Diego Armando Martínez Contreras tenía 15 años y una expectativa
de vida de 56,97 años mas de vida, menos dos (2) años de
improductividad quedando la expectativa de vida 53.97 años y
devengaría un ingreso de salario mínimo de US $2365 anuales, lo
cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un
monto de US $127.636 que debe ser liquidado a favor de la madre
de la víctima la señora Mariela Contreras Cruz y sus hermanas: Yur
Mary Herrera Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo
Contreras, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez
Contreras;
Gustavo Caicedo Rodríguez tenía 40 años y devengaba un ingreso
de US $2.365 anuales, lo cual multiplicado por los años que le
faltaban de vida, resulta en un monto de US $ 83.626 que debe ser
liquidado a favor de la compañera permanente de la víctima la
señora Mariela Contreras Cruz, y de sus hijas Yur Mary Herrera
Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo Contreras,
Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras;
Enrique Pinzón López tenía 37 años y devengaba un ingreso de US
$2.956,49
anuales, lo cual multiplicado por los años que le
faltaban de vida, resulta en un monto de US $117.372,79 que debe
ser liquidado a favor de la madre y de sus hermanas de la víctima,
la señora Teresa López y sus hermanas Luz Mery, Sara Paola,
Maria Teresa y Esther Pinzón López;
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