151 fecha de los hechos, el Estado debe indemnizar a los familiares por concepto de lucro cesante de las víctimas de la siguiente forma: i. ii. iii. iv. v. vi. vii. José Rolan Valencia tenía 43 años y devengaba un ingreso de US $ 3.447,77 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $ 120.292,87 que debe ser liquidado a favor de la esposa de la victima, señora Marina San Miguel Duarte, y de los menores hijos Nadia Mariana, Yinda Adriana, Johna Marina, Roland Andrés Valencia Sanmiguel y Ronald Mayiber Valencia Sanmiguel; Sinaí Blanco Santamaría tenía 57, se encontraba en pleno goce de sus facultades y trabajaba administrando sus bienes; devengaba un ingreso de US $3.004 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $67.927.03 que debe ser liquidado a favor de la señora Nory Giraldo de Jaramillo y su hija de crianza Carmen Johanna Jaramillo Giraldo; Antonio Maria Barrera Calle tenía 56 años y devengaba un ingreso de US $16.926 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $382.698.02 que debe ser liquidado a favor de su hija, la señora Viviana Barrera Cruz; Hugo Fernando Martínez Contreras tenía 16 años y una expectativa de vida de 56,97 años mas de vida, menos dos (2) años de improductividad quedando la expectativa de vida 54.97 años y devengaría un ingreso de salario mínimo de US $2365 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $130.025 que debe ser liquidado a favor de la madre de la víctima la señora Mariela Contreras Cruz y sus hermanas: Yur Mary Herrera Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo Contreras, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras; Diego Armando Martínez Contreras tenía 15 años y una expectativa de vida de 56,97 años mas de vida, menos dos (2) años de improductividad quedando la expectativa de vida 53.97 años y devengaría un ingreso de salario mínimo de US $2365 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $127.636 que debe ser liquidado a favor de la madre de la víctima la señora Mariela Contreras Cruz y sus hermanas: Yur Mary Herrera Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo Contreras, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras; Gustavo Caicedo Rodríguez tenía 40 años y devengaba un ingreso de US $2.365 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $ 83.626 que debe ser liquidado a favor de la compañera permanente de la víctima la señora Mariela Contreras Cruz, y de sus hijas Yur Mary Herrera Contreras, Zuli Herrera Contreras, Maryuri Caicedo Contreras, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras; Enrique Pinzón López tenía 37 años y devengaba un ingreso de US $2.956,49 anuales, lo cual multiplicado por los años que le faltaban de vida, resulta en un monto de US $117.372,79 que debe ser liquidado a favor de la madre y de sus hermanas de la víctima, la señora Teresa López y sus hermanas Luz Mery, Sara Paola, Maria Teresa y Esther Pinzón López;

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