30 por apersonado al abogado y fijó el 28 de noviembre como fecha para la declaración instructiva de su defendida, la que se llevaría a cabo en la Base Militar Las Palmas63. El 26 de noviembre de 1993 la señora María Angélica Mellado Saavedra, hermana del señor Lautaro Enrique Mellado Saavedra, designó a David P. Barrios Franco como defensor de éste. El 30 de noviembre siguiente el Juez Instructor tuvo por apersonado a dicho abogado64. 86.46 Los días 27 y 28 de noviembre de 1993 el señor Mellado Saavedra y la señora Pincheira Sáez, respectivamente, prestaron declaración instructiva en la Base Militar Las Palmas, ante el Juez Militar Especial, el Secretario Letrado, el Fiscal Militar Especial, todos “sin rostro”, y con asistencia del Abogado Militar Especial del señor Mellado, así como del defensor de la señora Pincheira, Juan F. Castañeda Abarca, en sus respectivos casos. En este orden, quedaron acreditados los siguientes hechos: a) durante esta diligencia no se permitió a los abogados defensores intervenir sino hasta que su defendido hubiera declarado, y ni entonces ni con posterioridad se permitió al abogado defensor contrainterrogar a los testigos cuyas declaraciones figuraban en el atestado policial; y b) el acta elaborada como consecuencia de la declaración instructiva de los señores Pincheira Sáez y Mellado Saavedra no cuenta con las firmas de los funcionarios actuantes65. 86.47 Los días 27, 28 y 29 de noviembre de 1993 se notificó a los señores Pincheira Sáez y Mellado Saavedra el auto apertorio de instrucción, incluido el mandato de detención, y se solicitó al Presidente del Instituto Penitenciario de Lima el traslado de los detenidos a un establecimiento penal de máxima seguridad66. 86.48 El 1 de diciembre de 1993, de conformidad con el artículo 295 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los abogados defensores solicitaron acceso al expediente. El 2 de diciembre de 1993 se decidió que los abogados respectivos podrían consultar el expediente el 9 de los mismos mes y año, por 63 Cfr. escrito de la defensa, f. 577; resolución del Juez Instructor, f. 577 v; cédula de notificación de 24 de noviembre de 1993, f. 580; todos del expediente No. 078 TP 93 ZJ FAP. 64 Cfr. escrito del abogado defensor, David Pablo Barrios, f. 667 f; resolución del Juez Instructor Militar Especial, f. 667 v; cédula de notificación de 30 de noviembre de 1993, f. 667 v; todos del expediente No. 078 TP 93 ZJ FAP. 65 Cfr. declaración instructiva de 28 de noviembre de 1993 de la señora María Concepción Pincheira Sáez, fs. 660-662 y declaración instructiva del señor Lautaro Enrique Mellado Saavedra de 27 de noviembre de 1993, fs. 594-596, ambos del expediente No. 078 TP 93 ZJ FAP; alegatos finales orales de la Comisión; artículo 2.b del Decreto-Ley No. 25.744, entró en vigor el 28 de septiembre de 1992 y artículos 13.c, 14, 15 y 16 del Decreto-Ley No. 25.475, sancionado el 5 de mayo de 1992. 66 Cfr. acta de notificación del auto apertorio de la instrucción, f. 662; acta de notificación del auto apertorio de la instrucción al señor Mellado Saavedra, f. 592; oficio No- III-JIME No. 037 del Juez Instructor Militar Especial dirigido al Presidente del Instituto Penitenciario de Lima, f. 873; todos parte del expediente No. 078 TP 93 ZJ FAP.

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