35 voluntariamente por adquirir la nacionalidad peruana consecuentemente, renunciado a la nacionalidad chilena; y, c) el delito de traición a la patria debe ser clasificado dentro de los delitos “contra la seguridad exterior de la Nación”, en los cuales se “atenta contra la soberanía, la independencia, la seguridad o el honor de la Nación [...] en beneficio de una potencia extranjera”. El delito de traición a la patria “es un delito especial, en el sentido que está dirigido a una categoría particular de personas [...] es decir, es un tipo penal dirigido a una persona que ostenta la nacionalidad del país”; d) el delito de traición a la patria, al que se refiere el Decreto-Ley No. 25.659, no tiene relación alguna con el delito del mismo nombre definido en el Código de Justicia Militar peruano, pues el primero no se refiere a conductas que stricto sensu constituyan actos de traición a la patria, sino que tiene por objeto la represión del terrorismo, bajo un falso nomen iuris, mientras que el delito que trata el Código de Justicia Militar infringe el deber de lealtad de los nacionales a su propio país; e) el Decreto-Ley No. 25.659 podría ser visto como “un acto de fraude a la ley”, un acto que pretende burlar o eludir el ámbito normal de aplicación del delito de traición a la patria, para aplicarlo a personas a las que no se les puede exigir, como en el caso de extranjeros, fidelidad a la patria, por no estar obligados por ley a guardar lealtad a la Nación peruana. 98. f) es así como el Estado extiende la “aplicación de normas militares excepcionales, aplicables sólo para casos de guerra contra un Estado enemigo, para procesar y sancionar a extranjeros para los cuales no fue concebida la Justicia Militar en este tipo de delito;” y g) el artículo 20 de la Convención no puede estar sujeto a suspensión de conformidad con el artículo 27 de la misma, por lo cual no está justificada la inobservancia del primero por parte del Estado. Argumentos del Estado: a) el Perú tiene la “facultad soberana de investigar, procesar y condenar a toda[s] aquella[s] persona[s] que dentro de su territorio cometa[n] actos delictivos, más aún si estos actos constituyen graves atentados de lesa humanidad”, como son los delitos de terrorismo agravado que han causado graves pérdidas de vidas humanas y cuantiosos daños materiales a lo largo de más de 10 años; b) los actos terroristas como los del MRTA, “al cual pertenecen los ciudadanos chilenos”, han puesto en peligro el orden interno y la seguridad del país. En el marco del Decreto-Ley No. 25.418 que estableció el Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional, el Perú tuvo la necesidad de adoptar el Decreto-Ley No. 25.475, penando los delitos de terrorismo y definiendo los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio, así como el Decreto-Ley No. 25.659, el cual regula el delito de traición a la patria;

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