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Paralelamente, se hizo un comunicado y una circular a todo el personal del IRHE para
informarles que el paro era ilegal y que se consideraba el día en que estaba
programado el paro como un día normal de trabajo. El 5 de diciembre de 1990 se
realizó la suspensión colectiva de labores previamente anunciada. A pesar de su
advertencia, un número considerable de trabajadores no asistió a laborar y algunos
centros de trabajo cerraron completamente. Entre un 10 y un 20 por ciento de los
empleados del IRHE dejaron de laborar ese día. No quedaron en grave riesgo las
actividades del Instituto porque se ubicó personal de entera confianza de los
directores para que se ocuparan de cada una de las áreas y así evitar que pudiese
haber un apagón u otra obra de este estilo. En un momento dado el Ministro de
Trabajo hizo una manifestación pública declarando el paro ilegal. Los organizadores
del paro, luego de que éste se inició, nunca comunicaron públicamente que habían
decidido terminarlo. En algunos centros de trabajo el personal fue regresando a
trabajar el mismo 5 de diciembre, y luego, al día siguiente, prácticamente todo había
retornado a la normalidad. La hora exacta en que los trabajadores empezaron a
volver a sus labores no la recuerda, pero pudo haber sido por la tarde. Para el mes
de noviembre de 1990 el IRHE contaba aproximadamente con 5000 empleados,
quienes en su mayoría estaban sindicalizados en el Sindicato de Trabajadores del
IRHE. Mientras se estaba llevando a cabo el paro los trabajadores de la institución
estaban enterados del desenvolvimiento de la asonada militar del Coronel Eduardo
Herrera Hassán y del desenlace de su intentona golpista del 5 de diciembre de 1990.
Todo el mundo estaba al tanto de lo que estaba pasando, porque se informaba de
ello por radio y televisión desde la noche del día anterior. En diciembre de 1990
existía una situación de extrema emergencia en Panamá, que puso en peligro la
democracia y la existencia del Estado mismo, lo cual justificó el despido de los
trabajadores del IRHE y la aplicación de la Ley 25. La prueba de ello es que el paro,
que puso en peligro el sistema eléctrico nacional, coincidió con la fuga del Coronel
Herrera Hassán. Con motivo de la aplicación de la Ley 25 de 1990 fueron destituidos,
en primera instancia, alrededor de 150 trabajadores del IRHE.
Firmó las
destituciones. La base para destituirlos fue que habían participado en un paro ilegal.
En el IRHE se efectuó un proceso de selección de los trabajadores que fueron
destituidos. Hubo reuniones entre los supervisores, los jefes de secciones y los jefes
de departamento para establecer cuáles eran las personas que no habían ido a
trabajar ese día, quiénes habían organizado el paro y quiénes habían exhortado a los
demás a participar. No tenían interés en descabezar la entidad, en especial por todo
lo que había sufrido en la época de los militares. Lo que hicieron fue buscar a las
personas que más habían participado en la organización y en exhortar a sus
compañeros a que participaran del paro.
La trayectoria del empleado fue
considerada como un atenuante para que no se incurriera en sanciones disciplinarias
y así minimizar lo que pudiera darse como sanción disciplinaria. No sabe si se aplicó
el reglamento interno del IRHE; había una serie de reglamentos que se aplicaban
para las faltas que se cometían en el IRHE, pero también existía la prerrogativa de
tomar sanciones severas inmediatamente, dependiendo de la gravedad del delito o
de la falta cometida por el empleado. La participación de los trabajadores en el paro
se probó con base en sus actuaciones en los períodos anteriores al paro. Como
cabeza del Instituto recibió instrucciones sobre cómo proceder en relación con los
despidos. Las instrucciones las dio el Presidente, quien dijo públicamente que todas
aquellas personas que habían estado participando en el paro serían destituidas.
Actuaron con cierta discrecionalidad. Hubo una serie de peticiones de reintegro; sin
embargo, él no las tramitaba personalmente. Todos los recursos de reconsideración
que presentaron los afectados fueron remitidos a la Dirección Administrativa y de
Asesoría Legal de la institución para que hiciera las investigaciones correspondientes.
La cifra de reintegrados fue alrededor de 15.
Todos los trabajadores podían
interponer el recurso de reconsideración.