68
r.
la Ley 25 autorizaba al Órgano Ejecutivo y a los directores de la instituciones
autónomas y semi-autónomas, empresas estatales, municipales y demás
dependencias públicas del Estado, para que, previa identificación, declararan
insubsistentes los nombramientos de los servidores públicos que participaron y
participaran en la organización, llamado o ejecución de acciones que atentaran
contra la democracia y el orden constitucional;40
s.
con fundamento en los informes o listas elaboradas en las respectivas
instituciones públicas, y en aplicación de la Ley 25, se declaró la insubsistencia de los
nombramientos de los trabajadores;41
40
cfr. Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.687 de
17 de diciembre de 1990; testimonio de Ramón Lima Camargo rendido ante la Corte Interamericana el 26
de enero de 2000; sentencia del pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá de 23 de mayo de
1991, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos el 21 y 24 de diciembre de
1990 por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y
otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de
14 de diciembre de 1990; Resolución del Consejo de Gabinete No. 10 de 23 de enero de 1991 publicada
en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.718 de 4 de febrero de 1991; sentencia de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de 30 de junio de 1993 en relación con las
demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid, en
representación de Tilsia M. de Paredes, Marisol Mattos, Nemesio A. Nieves Quintana, Antonio E. Núñez,
Regino Ramírez, Mireya de Rodríguez, Ricardo Simons, Errol Vaciannie, Walter Vega, Eduardo Williams,
Marco Tovar y Jorge Murillo; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas
de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid en representación de Yadira Delgado, Luis Alfonso
Estribi R., Alfonso Fernández Urriola, Eleno Augusto García Castro, Alejandrina Gordon Rivera, Ricardo
Antonio Guiseppitt Pérez, Rigoberto Isaacs Rozzi y Marisol Landau; tomo I del expediente del proceso ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas
contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid en representación de
Ivanor Alonso, Arnoldo Aguilar U., Lionel Angulo, Luis Coronado, Elberto Luis Cobos, Carlos Catline Todd,
Judith de la Rosa de Correa y Alfonso Chambers; y expediente del proceso ante el pleno de la Corte
Suprema de Justicia, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vicente
Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio
Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de
1990.
41
cfr. Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.687 de
17 de diciembre de 1990; testimonio de José Mauad Doré rendido ante la Corte Interamericana el 26 de
enero de 2000; testimonio de Manrique Mejía rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de
2000; testimonio de Luis Antonio Batista Juárez rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de
2000; testimonio de Jorge de la Guardia rendido ante la Corte Interamericana el 27 de enero de 2000;
acción de personal de Eugenio Tejada en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que
rige a partir de 19 de diciembre de 1990; resuelto No. 202-90 del Director General de la Autoridad
Portuaria Nacional de 19 de diciembre de 1990, en que declara insubsistente el nombramiento del
funcionario César Antonio Aparicio; resuelto No. 193-90 del Director General de la Autoridad Portuaria
Nacional de 19 de diciembre de 1990, en que declara insubsistente el nombramiento del funcionario
Fernando Dimas R.; acción de personal de Miguel Angel Martínez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18
de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Tomás
Morales en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de
diciembre de 1990; acción de Personal de Enrique Jiménez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de
diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Carlos Archibold
en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de
1990; acción de personal de Maricela Rodríguez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de
1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Sergio Marín en la Autoridad
Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de
personal de Ismael Campbell en la Autoridad Portuaria Nacional del 18 de diciembre de 1990, que rige a
partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Gabino Young en la Autoridad Portuaria
Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal
de Daniel Health en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19
de diciembre de 1990; acción de Personal de Carlos Ernesto Henry en la Autoridad Portuaria Nacional de
18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Luis A.