68 r. la Ley 25 autorizaba al Órgano Ejecutivo y a los directores de la instituciones autónomas y semi-autónomas, empresas estatales, municipales y demás dependencias públicas del Estado, para que, previa identificación, declararan insubsistentes los nombramientos de los servidores públicos que participaron y participaran en la organización, llamado o ejecución de acciones que atentaran contra la democracia y el orden constitucional;40 s. con fundamento en los informes o listas elaboradas en las respectivas instituciones públicas, y en aplicación de la Ley 25, se declaró la insubsistencia de los nombramientos de los trabajadores;41 40 cfr. Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.687 de 17 de diciembre de 1990; testimonio de Ramón Lima Camargo rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; sentencia del pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá de 23 de mayo de 1991, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos el 21 y 24 de diciembre de 1990 por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990; Resolución del Consejo de Gabinete No. 10 de 23 de enero de 1991 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.718 de 4 de febrero de 1991; sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de 30 de junio de 1993 en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid, en representación de Tilsia M. de Paredes, Marisol Mattos, Nemesio A. Nieves Quintana, Antonio E. Núñez, Regino Ramírez, Mireya de Rodríguez, Ricardo Simons, Errol Vaciannie, Walter Vega, Eduardo Williams, Marco Tovar y Jorge Murillo; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid en representación de Yadira Delgado, Luis Alfonso Estribi R., Alfonso Fernández Urriola, Eleno Augusto García Castro, Alejandrina Gordon Rivera, Ricardo Antonio Guiseppitt Pérez, Rigoberto Isaacs Rozzi y Marisol Landau; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del Cid en representación de Ivanor Alonso, Arnoldo Aguilar U., Lionel Angulo, Luis Coronado, Elberto Luis Cobos, Carlos Catline Todd, Judith de la Rosa de Correa y Alfonso Chambers; y expediente del proceso ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990. 41 cfr. Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.687 de 17 de diciembre de 1990; testimonio de José Mauad Doré rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; testimonio de Manrique Mejía rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; testimonio de Luis Antonio Batista Juárez rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; testimonio de Jorge de la Guardia rendido ante la Corte Interamericana el 27 de enero de 2000; acción de personal de Eugenio Tejada en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; resuelto No. 202-90 del Director General de la Autoridad Portuaria Nacional de 19 de diciembre de 1990, en que declara insubsistente el nombramiento del funcionario César Antonio Aparicio; resuelto No. 193-90 del Director General de la Autoridad Portuaria Nacional de 19 de diciembre de 1990, en que declara insubsistente el nombramiento del funcionario Fernando Dimas R.; acción de personal de Miguel Angel Martínez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Tomás Morales en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de Personal de Enrique Jiménez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Carlos Archibold en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir de 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Maricela Rodríguez en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Sergio Marín en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Ismael Campbell en la Autoridad Portuaria Nacional del 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Gabino Young en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Daniel Health en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de Personal de Carlos Ernesto Henry en la Autoridad Portuaria Nacional de 18 de diciembre de 1990, que rige a partir del 19 de diciembre de 1990; acción de personal de Luis A.

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