75
bb.
producto de los hechos del presente caso, las víctimas y sus representantes
presentaron elementos para acreditar costas y gastos en tramitación de los
diferentes procesos internos e internacionales, y la Corte se reservó la atribución de
valorarlos.50
Suprema de Justicia, de 25 de junio de 1993, interpuesta en representación de Miguel Prado; nota CSJSNG-354-94 de 3 de octubre de 1994 del Magistrado Vicepresidente encargado de la Presidencia de la
Corte Suprema de Justicia de Panamá dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores de Panamá; Informe de
la Comisión de Derecho de Trabajo del Colegio Nacional de Abogados dirigido al Presidente del Colegio
Nacional de Abogados el 22 de noviembre de 1993; “Informe Preliminar realizado por la Comisión de
Trabajadores Despedidos respecto de las obligaciones pendientes por pagar a los trabajadores despedidos
por la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 en la República de Panamá”; Informe del Ministerio de
Relaciones Exteriores, titulado “Reparos aclarativos al Informe No. 37/97 (Caso No. 11.325) proferido por
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA)”,
dirigido el 10 de diciembre de 1997 al Embajador Representante Permanente de Panamá ante la OEA;
Resolución del Comité de Libertad Sindical en el Caso No. 1569 “Quejas contra el Gobierno de Panamá
presentadas por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), el Sindicato
de Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación (SITIRHE) y Sindicato de
Trabajadores del Instituto Nacional de Telecomunicaciones (SITINTEL)”; dos certificaciones de la
Secretaría de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia de 20 de mayo de 1992; tomo I del
expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en
relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente
Archibold Blake en representación de Magaly V. de Herrera, Félix Herrera C., Aníbal Herrera Santamaría,
Manuel J. Herrera S., Eric Alexis González, Antonio González, Evangelista Granja C., Esther M. Guerra,
Melva Guerrero Samudio, Raúl González Rodaniche, Alfredo Guerra y Eduardo Gaslín Caballero; tomo I
del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia,
en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Carlos del
Cid en representación de Yadira Delgado, Luis Alfonso Estribi R., Alfonso Fernández Urriola, Eleno
Augusto García Castro, Alejandrina Gordon Rivera, Ricardo Antonio Guiseppitt Pérez, Rigoberto Isaacs
Rozzi y Marisol Landau; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena
jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Miguel Angel Osorio, Sergio
Ochoa Castro, Christian Eliécer Pérez, Rúben D. Pérez, Giovani E. Prado S., Fredys Pérez, Miguel L.
Bermúdez T. y Andrés Bermúdez; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas
de plena jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Luis Anaya, Juan
Bautista Quijada B., Cayetano Cruz y Jaime E. Camarena; tomo I del expediente del proceso ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas
Archibold Blake en
contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente
representación de Andrés A. Alemán L., Santiago Alvarado, Pedro Atencio Madrid, Javier Atencio Arauz,
Víctor Arauz Núñez, Rubén D. Barraza, Luis Bernuil Z., Alba Oritela Berrio, José Inés Blanco Obando y
Jaime A. Batista; y tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción
interpuestas por Carlos del Cid en representación de Ivanor Alonso, Arnoldo Aguilar U., Lionel Angulo, Luis
Coronado, Elberto Luis Cobos, Carlos Catline Todd, Judith de la Rosa de Correa y Alfonso Chambers.
50
cfr. anexo I: cuadro de los “Gastos Incurridos por los Compañeros de la Ley 25” en relación con
los procesos seguidos en los tribunales nacionales y en el sistema interamericano; anexo II: comunicación
de 12 de diciembre de 2000 dirigida al señor Hélio Bicudo, Presidente de la Comisión Interamericana, por
parte del señor Manrique Mejía, Coordinador de los Despedidos con la Ley 25, titulada “Resumen de las
gestiones realizadas por la Lic. Minerva Gómez en los trámites de la demanda internacional de los
despidos de la Ley 25 de 1990 en el sistema interamericano de los derechos humanos”; y anexo III:
cheque no. 15965 de una cuenta del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicos y
Electrificación (SITIRHE) en el Banco Nacional de Panamá, emitido el 21 de enero de 2000 a nombre del
señor Fernando del Rio Gaona; autorización de pago no. 8812 emitida el 21 de enero de 2000 por parte
del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación a nombre del señor
Fernando del Rio Gaona; cheque no. 12105 de una cuenta del Sindicato de Trabajadores del Instituto de
Recursos Hidráulicos y Electrificación (SITIRHE) en el Banco Nacional de Panamá, emitido el 18 de marzo
de 1997 a nombre de Viajes España; autorización de pago no. 43(ilegible) emitida el 18 de marzo de
19(ilegible) por parte del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación
a nombre de Viajes España; cheque no. 3458 de una cuenta del Sindicato de Trabajadores del Instituto de
Recursos Hidráulicos y Electrificación (SITIRHE) en el Banco Nacional de Panamá, emitido el 18 de marzo
de 1992 a nombre del señor Agilio Acuña G.; autorización de pago sin numeración emitida el 17 de marzo
de 1992 por parte del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación a
nombre del señor Agilio Acuña; cheque no. 3463 de una cuenta del Sindicato de Trabajadores del Instituto