20
el 22 de junio de 1998, incluido el de HS81; iii) las contradicciones detectadas en los registros que
tuvieron disponibles sobre el donante de quien provinieron las plaquetas que se entregaron para
TGGL82; iv) la ausencia de registro sobre la hora en que se recibió la sangre de HS y sobre los exámenes
realizados el 22 de junio de 1998 a la sangre de HS83; y v) la ausencia de registro en la historia clínica, de
las “papeletas de identificación de las unidades de sangre” 84.
76.
Además de los anteriores puntos, los peritos indicaron que según el Manual de Normas
para los Bancos, Depósitos de Sangre y Servicios Transfusionales, son obligatorias las siguientes pruebas
antes de la transfusión: “determinación de grupo sanguíneo y Rh, pruebas para sífilis, antígeno de
superficie de la hepatitis B, anticuerpo para hepatitis C, anticuerpo para VIH, anticuerpo para Chagas,
estudio de paludismo en ciertos casos y las denominadas pruebas cruzadas”85.
…continuación
Sobre este punto precisaron los peritos que desde la obtención de la sangre, señalaron que “se toma sangre total
recién extraída o que tenga como máximo seis horas de su extracción”. Tras procedimientos descritos por los peritos, resulta de
“de la unidad de sangre fresca completa inicialmente extraída de un donante hemos obtenido 3 fracciones repartidas en 3
fundas diferentes: un paquete globular (concentrado de glóbulos rojos), un plasma pobre en plaquetas y el concentrado
plaquetario)”. Agregaron que “el tiempo de centrifugación es exacto, pero el requerido para que el Banco de Sangre entregue
las plaquetas es variable (pero en todo caso debe hacerlo dentro de las 6hs de extraída la sangre del donante) pues dependerá
de las condiciones de trabajo y al menos deben considerarse las siguientes situaciones: primero disponer (como en el juicio que
se está investigando) de dos donantes del mismo grupo sanguíneo del receptor, pues se habían solicitado 2 concentrados de
plaquetas (…) (ilegible) este tiempo deberán realizarse todas las pruebas (…) (ilegible) del donante (anticuerpo para VIH SIDA,
anticuerpo para Hepatitis C, antígeno de superficie de Hepatitis B, prueba para sífilis, etc), y todo esto adicional al resto de
trabajo del Banco de Sangre”. Este trabajo adicional fue descrito por los peritos, concluyendo que todo lo anterior depende del
personal disponible en el Banco de Sangre.
81
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Peritaje de 16 de agosto de 1999 de los Drs.
Juan Peralvo Roman y Nardo Vivar Idrovo. Folios 67 a 74.
Sobre este punto, indicaron que esta información fue extraída del impreso de computación del Registro de
Transfusiones del Banco de Sangre de la Cruz Rosa del Azuay y de las fotocopias de los formularios llenados por los donantes,
pues en el Banco de Sangre les indicaron que “no disponen de un libro borrador”.
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Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Peritaje de 16 de agosto de 1999 de los Drs.
Juan Peralvo Roman y Nardo Vivar Idrovo. Folios 67 a 74.
Sobre este punto indicaron que estas contradicciones se basan en una situación descrita que resulta imposible en
términos científicos, y en el nombre de la funcionaria que habría tomado una de las muestras que según las declaraciones no se
encontraba en horas laborales. Agregaron que “en el Banco de Sangre no hay registro de las horas en que se extrajeron las
unidades de los donantes”.
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Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Peritaje de 16 de agosto de 1999 de los Drs.
Juan Peralvo Roman y Nardo Vivar Idrovo. Folios 67 a 74.
Sobre este punto indicaron los peritos que “según información verbal del Dr. Pablo Monsalve y de la Sra. Mariana
Ramírez, los exámenes realizados como urgencias a partir de las 18 hs (…) no se registran en algún libro o cuaderno; pero
afirman que si se realizan por parte del personal de turno y que con comprobados al día siguiente”.
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Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Peritaje de 16 de agosto de 1999 de los Drs.
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judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Peritaje de 16 de agosto de 1999 de los Drs.
Juan Peralvo Roman y Nardo Vivar Idrovo. Folios 67 a 74.