29 113. El 28 de junio de 2001 acudió a declarar Edith Alexandra Orellana. Indicó que se ratifica en su declaración inicial y posterior ampliación. Indicó las razones por las cuales considera que la sangre del señor HS no fue entregada para TGGL y precisó el método utilizado en el Banco de Sangre de la Cruz Roja134. 114. El 29 de junio de 2001 Pablo Arturo Monsalve emitió un certificado a nombre de la Cruz Roja que indica lo siguiente: “el día 22 de junio de 1998 se enviaron para [TGGL] dos concentrados de glóbulos rojos (CGR), cuyos códigos corresponden a los números 43095 y 43097 enviados a las 18:00 hrs. por la Sra. Mariana Ramírez, y dos concentrados de plaquetas (CPq), cuyos códigos corresponden a los números 43146 y 43142 enviados a las 21:49 hrs. por la Srta. Bertha Regalado”135. 115. El 5 de julio de 2001 Claudio Arias rindió testimonio indagatorio indicando que la Cruz Roja “ha sido sometida a una campaña sistemática de denigración”. En cuanto a las preguntas concretas sobre aspectos del presente caso, señaló que su función es administrativa y que carece de los elementos específicos. Se refirió en términos generales a los procedimientos que se realizan y a las pruebas disponibles136. 116. El 11 de julio de 2001 los peritos Peralvo y Vivar respondieron a las preguntas formuladas el 27 de junio de 2001137. Las respuestas otorgadas, en lo relevante, se resumen en los siguientes puntos: - - Las formas de transmisión general y su frecuencia de acuerdo al John Hopkins Hospital es: transfusión sexual, 71%; uso de drogas inyectables, 27%; transfusión 1%; y transmisión perinatal 1%. Formas menos comunes de transmisión ocurren por exposición ocupacional. La forma de transmisión en los niños tiene ciertas características particulares: nacidos de un pariente que tenía SIDA, 80%; transfusiones sanguíneas, 11%; hemofílicos que habían recibido factor VIII o IX, 6%; e información incompleta, 3%. …continuación desencadenada por el virus VIH productor del SIDA?; 13- Tuvo la niña TGGL una prueba de VIH negativa previa a la transfusión para asegurar sin posibilidad de error que el contagio fue por la sangre proveniente de la Cruz Roja? (…)”. 133 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Auto de 28 de junio de 2001. Folio 160. 134 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Declaración de Edith Orellana de 28 de junio de 2001. Folio 162. 135 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Certificado d la Cruz Roja de 29 de junio de 2001. Folio 164. 136 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Declaración de Claudio Arias de 5 de julio de 2001. Folios 166 – 168. 137 Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Respuesta de los Peritos Peralvo y Vivar de aa de julio de 2001. Folios 176 - 185.

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