-8- del Presidente de la Corte, les solicitó que se refirieran a dicho punto al presentar sus observaciones al informe estatal, pues en sus escritos de 7, 9 y 22 de marzo de 2005 habían señalado que dicha protección fue retirada. 12. El escrito de 15 de abril de 2005, mediante el cual el Estado se refirió a la “información adicional […] presentada por los representantes”. En dicho escrito indicó que el Comisario Jefe de la Policía Metropolitana informó que el 7 de marzo de 2005 “se cambió la forma de cumplir el resguardo prestado, hasta entonces, a las beneficiarias de las medidas, retirando cinco (5) funcionarios que fungían de escoltas, dejando en su lugar a dos (2) efectivos con sus respectivas motos, armamentos reglamentarios y equipos de radio portátil”. Asimismo, solicitó que se estudie la posibilidad de ordenar el levantamiento de las medidas provisionales, con base en que, con posterioridad al “referéndum presidencial” llevado a cabo el 15 de agosto del 2004, “se ha evidenciado en el país una disminución considerable de la confrontación entre los actores políticos y las manifestaciones sociales, lo que ha creado un clima de mayor tolerancia y apertura para el diálogo” y que esta “realidad influye en la decisión de modificar la ejecución de la medida”, pues “se han producido importantes cambios en las condiciones de inseguridad alegadas por los beneficiarios al momento de solicitar la medida provisional”. 13. Las notas de 18 de abril de 2005, mediante las cuales la Secretaría, instrucciones del Presidente, indicó a los representantes y a la Comisión que, al observaciones al informe del Estado de 1 de abril de 2005, también podían observaciones al escrito de 15 de abril de 2005, mediante el cual Venezuela levantamiento de las medidas provisionales. siguiendo presentar presentar solicitó el 14. El escrito de 26 de abril de 2005, mediante el cual los representantes de las beneficiarias y la señora Liliana Ortega presentaron observaciones al informe del Estado de 1 de abril de 2005 y al escrito de 15 de abril de 2005 (supra Vistos 10 a 12). Al respecto, los representantes expresaron que: a) los actos de hostigamiento y las amenazas han continuado, pues se ha desarrollado “una campaña de hostigamiento y criminalización contra COFAVIC por sus actuaciones en el caso del Caracazo y por ser receptora de fondos de cooperación internacional para la realización de sus actividades en derechos humanos”; b) durante las declaraciones rendidas el 5 de abril de 2005 por la señora Liliana Ortega ante los medios de comunicación fue insultada en reiteradas ocasiones por una persona, la cual “se encontraba acompañada de cuatro individuos más, quienes hacían llamadas telefónicas y amenazaban con que ‘otros compatriotas vienen para desenmascarar a esta farsante’ y algunas trataban de acercársele de manera encubierta aparentando ser transeúntes o simples espectadores”; c) dos funcionarios de la Policía Metropolitana “siguen prestando custodia a COFAVIC, y se turnan cada 24 horas para prestar la referida protección policial”;

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