15 66. La conclusión que llegó la CEH se basó en la evidencia de que, a la luz de lo dispuesto en el artículo II de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio hubo i) matanzas de miembros de los grupos mayas; ii) lesiones graves a su integridad física o mental; y iii) actos de sometimiento intencional de los grupos afectados a condiciones de existencia que acarrearon o pudieron haber acarreado su destrucción física total o parcial. La CEH se basó también en la evidencia de que todos esos actos fueron perpetrados "con la intención de destruir total o parcialmente" a grupos identificados por su etnia común, en cuanto tales, con independencia de cuál haya sido la causa, motivo u objetivo final de los actos”53. 2. Situación de la aldea Chichupac y comunidades vecinas durante el conflicto armado 67. La aldea Chichupac se encuentra en el municipio de Rabinal, a 14 kilómetros de su cabecera municipal54. El municipio de Rabinal conforma uno de los ocho municipios del departamento de Baja Verapaz, localizado en la parte central del Estado de Guatemala55. Rabinal es conformado por un casco urbano o cabecera municipal, catorce aldeas y sesenta caseríos56, dentro de las cuales se incluyen a la aldea Chichupac y las comunidades vecinas (Xeabaj, Chijom, Coyojá, El Tablón, Toloxcoc y El Apazote). 68. En 1981 el municipio de Rabinal contaba con 22,730 habitantes, de los cuales un 82% pertenecían al pueblo indígena maya-achi57. Entre las actividades de subsistencia que desarrollaban cabe destacar la agricultura y la siembra de productos. Los indígenas de dicha zona hablan el idioma achí y tienen una particular cosmovisión y espiritualidad que se refleja a través de costumbres relacionadas con el vestuario, danza y música, así como a ritos para honrar a sus difuntos58. 69. En la década de los setenta, el municipio de Rabinal no era un área de combate. La CEH registró que hubo acciones guerrilleras de carácter propagandístico y que la región era utilizada como paso, para el abastecimiento logístico, reclutamiento de cuadros o retaguardia59. La CEH consideró que debido a su ubicación estratégica el Estado consideró que “debía ser sometida a control pleno”60. 53 Anexo 1. CEH, Memoria del Silencio, Tomo V, Conclusiones y Recomendaciones, párrs. 108-123. 54 Anexo 6. Comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 55 Anexo 3. CEH, Memoria del Silencio, Tomo III, Las Violaciones de los Derechos Humanos y Los Hechos de Violencia, párr. 3362. 56 Anexo 3. CEH, Memoria del Silencio, Tomo III, Las Violaciones de los Derechos Humanos y Los Hechos de Violencia, párr. 3362. 57 Anexo 3. CEH, Memoria del Silencio, Tomo III, Las Violaciones de los Derechos Humanos y Los Hechos de Violencia, párr. 3362. 58 Anexo 6. Comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 59 Anexo 3. CEH, Memoria del Silencio, Tomo III, Las Violaciones de los Derechos Humanos y Los Hechos de Violencia, párr. 3365. 60 párr. 3365. Anexo 3. CEH, Memoria del Silencio, Tomo III, Las Violaciones de los Derechos Humanos y Los Hechos de Violencia,

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