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asesinaron al señor Víctor Alvarado Valey y sus hijos Ceferino Alvarado Sucup y Fidel Alvarado Sucup, de
dieciséis años125. Posteriormente, fueron enterrados en una fosa clandestina126.
101. El mismo día a las 9:00 p.m., los miembros del Ejército Nacional y las Patrullas de
Autodefensa Civil ingresaron a una vivienda de la aldea Toloxcoc y sacaron violentamente a Domingo
Reyes (o Domingo Juárez Reyes) y sus hijos Andrés Reyes Román y Santiago Reyes Román. Este último
tenía catorce años de edad. Las tres presuntas víctimas fueron acusadas de ser guerrilleros127. Sus
cadáveres fueron localizados a 300 metros de su vivienda, con impactos de armas de fuego en la cabeza,
“con sus intestinos por fuera y con las manos atadas” 128.
2.2.3. 8 de enero de 1982
102. Los hechos que se describen a continuación, tuvieron lugar horas antes y/o de manera
paralela a los distintos eventos descritos supra sobre la masacre de la aldea Chichupac.
a.
Respecto de la detención y desaparición de Lorenzo Depaz Siprian (o Florencio Depaz
Cipriano) y la detención de Ciriaco Galiego López
103. Los testimonios indican que alrededor de la 1:00 a.m. del 8 de enero de 1982, el señor
Lorenzo Depaz Siprian (o Florencio Depaz Cipriano) y su suegro Ciriaco Galiego López salieron de su
vivienda ubicada en la aldea Chichupac y se dirigieron a la cabecera municipal a fin de vender un toro129.
En el camino fueron interceptados por miembros del Ejército Nacional y Patrullas de Autodefensa Civil,
quienes les quitaron el animal bovino. Asimismo, fueron detenidos y llevados a la cárcel que se
encuentra en el cabildo municipal130.
104. El señor Ciriaco Galiego fue dejado en libertad alrededor de las 7:00 p.m. Por su parte, el
señor Depaz fue arrastrado y torturado al ser acusado de guerrillero. La esposa del señor Depaz,
Alejandra Galiego Mendoza, se enteró de lo sucedido a las 4:00 a.m. del 9 de enero de 1982, una vez
que Ciriaco Galiego regresó a la aldea Chichupac131. Es así que la señora Galiego en compañía de una
cuñada se trasladó a la cabecera municipal a fin de ubicar el paradero de su esposo. Una vez que llegó a
125
Anexo 9. Declaración de Victor Castulo Alvarado Sucup, de fecha 11 de agosto de 1995. Causa judicial No. 255-93.
Folio 2. Anexo 2 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007;
126
Anexo 9. Declaración de Victor Castulo Alvarado Sucup, de fecha 9 de mayo de 2000. Causa judicial No. 255-93.
Folio 5. Anexo 2 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
127
Anexo 9. Declaración de Rosario Roman Tum, de fecha 11 de agosto de 1995. Causa judicial No. 255-93. Folio 3.
Anexo 2 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007; Anexo 9. Declaración de Rosario Roman Tum, de
fecha 9 de mayo de 2000. Causa judicial No. 255-93. Folio 4. Anexo 2 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre
de 2007.
128
Anexo 9. Declaración de Rosario Roman Tum, de fecha 11 de agosto de 1995. Causa judicial No. 255-93. Folio 3.
Anexo 2 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
129
Anexo 6. Comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
130
Anexo 14. Ampliación de denuncia de desaparecidos de Municipio Rabinal, de fecha 12 de julio de 1995.
Expediente No. 811-95. Anexo 10 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
131
Anexo 14. Ampliación de denuncia de desaparecidos de Municipio Rabinal, de fecha 12 de julio de 1995.
Expediente No. 811-95. Anexo 10 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.