31 128. Por otra parte, la prueba del expediente indica que Rosa González Tecú, de diez años de edad y su madre Enriqueta Tecú, Luciano Alvarado Xitumul, Héctor Rolando Alvarado García, de dos años de edad, Adela Florentina Alvarado García, de un año de edad, Luciana Xitumul Ixpancoc 181, María Concepción Xitumul Xitumul de cinco años de edad y niña de nombre desconocido entre 0 y 3 meses de edad; abandonaron la aldea Xeabaj debido a la “situación de violencia” y se refugiaron en una choza cercana que servía para el corte y elaboración de panela182. El 2 de marzo de 1983, alrededor de las 5:00 a.m., miembros del Ejército Nacional localizaron a las presuntas víctimas en dicha choza y procedieron a asesinarlas mediante armas de fuego y machetazos183. Los cuerpos de las presuntas víctimas fueron enterrados en una fosa clandestina184. 2.2.12. La ejecución de los hermanos Grave García el 22 de octubre de 1983 y situación posterior de Juana García de Paz 129. Conforme a los testimonios, el 22 de octubre de 1983 a las 5:00 a.m. llegaron cerca de doscientos soldados del Ejército Nacional a la montaña Cumatzá de Alvarado, ubicada entre las comunidades de Chichupac y Xeabaj del municipio de Rabinal185. 130. Eusebia Grave García, de 19 años de edad, fue encontrada en una quebrada de agua cuando se estaba bañando en la aldea Chichupac por parte del Ejército Nacional y las Patrullas de Autodefensa Civil186. Su hermano José León Grave García de 17 años, quien se encontraba desayunando en ese momento, intentó huir pero lo hirieron con armas de fuego187. Ambos fueron torturados y asesinados. Su madre Juana García Depaz indicó que a José León le “cortaron su pene, su oreja, su nariz, le abrieron su cuerpo”188. 181 Las seis presuntas víctimas fueron identificadas en: Anexo 21. Comunicación de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala, de fecha 6 de octubre de 2004. Expediente No. 1378-97. Anexo 14 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 182 Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de 1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 183 Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de 1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007; Anexo 21. Comunicación de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala, de fecha 6 de octubre de 2004. Expediente No. 1378-97. Anexo 14 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. Asimismo, véase: Anexo 2. CEH, Memoria del Silencio, Tomo VIII, Casos presentados, Caso No. 13002. 184 Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de 1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 185 Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 186 Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 187 Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. 188 Anexo 13. Declaración jurada de Juana Garcia Depaz, de fecha 2 de noviembre de 2009. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 3 de noviembre de 2009.

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