atentaba contra la moral y las buenas costumbres43. El Ministro de Defensa Nacional manifestó que se adhería a los argumentos planteados por el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, el Comandante General de la Fuerza Terrestre y la Procuraduría General del Estado44. 56. Por su parte, la Asesoría Jurídica del Comando General de la Fuerza Terrestre indicó que la mala conducta por parte del señor Flor consistió en haber sido visto teniendo sexo oral con un soldado luego de haber asistido a una reunión social, sin la compañía de su cónyuge, y en general haber incurrido en un trato de “excesiva confianza con el personal subalterno”, lo cual corroboraba su mal comportamiento y también iba en contra del régimen de disciplina militar45. 57. Mediante escrito del 6 de febrero de 2001 presentado ante el Juzgado Sexto de lo Civil, Homero Flor ratificó en todos sus términos la demanda de amparo presentada y solicitó al Juzgado Sexto que ordenara al Comandante de la Fuerza Terrestre remitir copia certificada del expediente contentivo del procedimiento de información sumaria iniciado en su contra46. El 15 de febrero de 2001, Homero Flor reiteró dicha solicitud y remitió copia del memorando No. 200187-IV-DE-1 de 13 de diciembre de 2000 referido supra, conforme al cual alegó haber sido cambiado de “funciones y por consiguiente […] [suprimido] de [sus] guardias”47. 58. Mediante providencia del 23 de febrero de 2001, el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha dio por legitimada las intervenciones realizadas en la audiencia del 5 de febrero de 2001 y dispuso que la causa pasara a “los autos para resolver” 48. El 1 de marzo de 2001, Homero Flor presentó una solicitud de revocatoria ante el Juzgado Sexto de lo Civil contra esta providencia, fundamentándose principalmente en que el Juzgado debía tener conocimiento del contenido del expediente de información sumaria para poder decidir, por lo que reiteró la solicitud para que se oficiara al Comandante de la Fuerza Terrestre a remitir copia certificada de dicha actuación49. 43 Ver dentro de Anexo 13. Escrito dirigido al Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha dentro de la demanda de amparo constitucional No. 74-2001, por la Procuradora Judicial de la Presidencia de la República, de 6 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 44 Ver dentro de Anexo 13. Escrito dirigido al Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha dentro de la demanda de amparo constitucional No. 74-2001, del Ministro de Defensa Nacional, de 8 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 45 Anexo 13. Escrito presentado por el abogado de la Asesoría Jurídica del Comando General de la Fuerza Terrestre ante el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha, dentro de la acción de amparo No. 74-2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 46 Anexo 10. Escrito presentado por Homero Flor ante el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha de 6 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. Esta solicitud también fue realizada en la audiencia celebrada ante el Juzgado Sexto de lo Civil, según consta en Anexo 12. Acta de Audiencia ante el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha, de 5 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 47 Anexo 14. Escrito presentado por Homero Flor ante el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha de 15 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 48 Anexo 15. Providencia del Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha, de 23 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 49 Anexo 16. Solicitud de revocación de la providencia de 23 de febrero de 2001 del Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha, presentada por Homero Flor el 1 de marzo de 2001. Anexo a la petición inicial de 30 de agosto de 2002. 16

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