25
caso “sobre el sentido y alcances de la declaración de ineficacia de las Leyes
Nº 26479 y [Nº] 26492” (punto resolutivo 5.a) de la Sentencia sobre
Reparaciones de 30 de noviembre de 2001); y
c)
el pago de la indemnización debida a la señora Felipa Antuna Churo
Chullo, beneficiaria de la señora Benedicta Yanque Churo, y a la señora
Maximina Pascuala Alberto Falero, beneficiaria del señor Tito Ricardo Ramírez
Alberto (punto resolutivo 2.b) de la Sentencia sobre reparaciones de 30 de
noviembre de 2001).
2.
Que de conformidad con lo señalado en el Considerando décimo de la
presente Resolución, el Estado ha dado cumplimiento parcial a:
a)
la publicación de la Sentencia de la Corte en el Diario Oficial El
Peruano y la difusión de su contenido en otros medios de comunicación
(punto resolutivo 5.d) de la Sentencia sobre reparaciones de 30 de noviembre
de 2001); y
b)
el pago de las indemnizaciones correspondientes a las beneficiarias
Cristina Ríos Rojas, hija de la víctima fallecida Manuel Isaías Ríos Pérez, y
Rocío Genoveva Rosales Capillo, hija de la víctima fallecida Alejandro Rosales
Alejandro (punto resolutivo segundo de la Sentencia sobre reparaciones de 30
de noviembre de 2001).
3.
Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de
los puntos pendientes de acatamiento en el presente caso, a saber:
a)
el deber de investigar los hechos para determinar las personas
responsables de las violaciones de los derechos humanos a los que se hizo
referencia en la Sentencia sobre el fondo, así como divulgar públicamente los
resultados de dicha investigación y la sanción de los responsables (punto
resolutivo quinto de la Sentencia sobre el fondo de 14 de marzo de 2001);
b)
el pago de la indemnización al señor Martín León Lunazco, hijo de la
víctima Máximo León León (punto resolutivo 2.c) de la Sentencia sobre
reparaciones de 30 de noviembre de 2001);
c)
el depósito en forma íntegra y efectiva del monto de la indemnización
correspondiente a los beneficiarios de las reparaciones menores de edad Luis
Alvaro León Flores e Ingrid Elizabeth Ríos Rojas, en un “fideicomiso en las
condiciones más favorables según la práctica bancaria peruana” (punto
resolutivo segundo in fine de la Sentencia sobre reparaciones de 30 de
noviembre de 2001);
d)
el pago de las indemnizaciones correspondientes a las beneficiarias
Cristina Ríos Rojas, hija de la víctima fallecida Manuel Isaías Ríos Pérez, y
Rocío Genoveva Rosales Capillo, hija de la víctima fallecida Alejandro Rosales
Alejandro (punto resolutivo segundo in fine de la Sentencia sobre
reparaciones de 30 de noviembre de 2001);
e)
las prestaciones de salud brindadas (punto resolutivo tercero de la
Sentencia sobre reparaciones de 30 de noviembre de 2001);
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos